Resolución Nº 0049-2021-TCE-S1, Tribunal de Contrataciones del Estado, 7 de enero de 2021

Número de resolución0049-2021-TCE-S1
Fecha07 Enero 2021
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución 49-2021-TCE-S1
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Sumilla: (…) con el otorgamiento de la buena pro, se genera el
derecho del postor ganador del procedimiento de
selección de perfeccionar el contrato con la Entidad.
Lima, 7 de enero de 2021.
Visto, en sesión del 7 de enero de 2021, de la Primera Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado el Expediente N° 2862/2018.TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador iniciado contra la empresa TOTAL SECURITY S.R.L., por su
supuesta responsabilidad al incumplir injustificadamente con su obligación de perfeccionar
el contrato derivado de la Adjudicación Simplificada N° 224-2017-MINEDU/UE 108-Primera
Convocatoria (derivada del Concurso Público 13-2016-MINEDU/UE 108), para la
Contratación de servicio de seguridad y vigilancia para las oficinas zonales del PRONIED
según relación de ítems”, por relación de ítems; y atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES
1. Según la información obrante en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado
(SEACE), el 4 de julio de 2017
1
, la UNIDAD EJECUTORA 108: PROGRAMA NACIONAL
DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA - PRONIED, en lo sucesivo la Entidad, convocó la
Adjudicación Simplificada 224-2017-MINEDU/UE 108-Primera Convocatoria
(derivada del Concurso Público N° 13-2016-MINEDU/UE 108), para la Contratación
de servicio de seguridad y vigilancia para las oficinas zonales del PRONIED según
relación de ítems”, por relación de ítems y con un valor estimado total ascendente a
S/ 465,060.59 (dos millones cuatrocientos sesenta y cinco mil sesenta con 59/100
soles), en adelante el procedimiento de selección.
El ítem N° 2: “Zonal de Ayacucho”, tuvo un valor estimado ascendente a S/ 246,506.06
(doscientos cuarenta y seis mil quinientos seis con 06/100 soles).
1
Conforme consta de la ficha electrónica del procedimiento de selección registrada en el SEACE, obrante en el folio 260 del
expediente administrativo.
Firmado digitalmente por SAAVEDRA
ALBURQUEQUE Paola FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 07.01.2021 18:05:32 -05:00
Firmado digitalmente por INGA
HUAMAN Hector Marin FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 07.01.2021 18:28:42 -05:00
Firmado digitalmente por CABRERA
GIL Cristian Joe FAU 20419026809
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 07.01.2021 18:37:33 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución 49-2021-TCE-S1
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El 24 de julio de 2017, se llevó a cabo la presentación de ofertas y el 2 de agosto de
ese mismo año, respecto del ítem N° 2, se otorgó la buena pro a la empresa TOTAL
SECURITY S.R.L., en lo sucesivo el Adjudicatario, por el monto de su oferta económica
ascendente a S/ 141,600.00 (ciento cuarenta y un mil seiscientos con 00/100 soles).
El 11 de agosto de 2017, respecto del ítem N° 2, se registró en el SEACE el
consentimiento del otorgamiento de la buena pro; sin embargo, el 11 de setiembre
de ese mismo año, se registró en dicha plataforma el Informe N° 1049-2017-MINEDU-
VMGI-PRONIED/OGA-UA-CEC, a través del cual se declaró la pérdida automática de la
buena pro por la no suscripción del contrato.
El 21 de setiembre de 2017, respecto del ítem N° 2, se otorgó la buena pro a la
empresa SERMAX PERU S.R.L. y, el 13 de octubre de ese mismo año le referida
empresa y la Entidad suscribieron el Contrato N° 450-2017-MINEDU/VMGI-PRONIED,
por un monto ascendente a S/ 162,960.00 (ciento sesenta y dos novecientos sesenta
mil con 00/100 soles).
2. Mediante Oficio N° 291-2018-MINEDU/VMGI/PRONIED/OGA
2
y Formulario “Solicitud
de aplicación de sanción- Entidad/Tercero”
3
, presentados el 31 de julio de 2018 ante
la Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal,
la Entidad puso en conocimiento que el Adjudicatario habría incurrido en causal de
infracción, al no haber perfeccionado el contrato derivado del procedimiento de
selección.
A fin de sustentar su denuncia, la Entidad adjuntó el Informe N° 632-2018-MINEDU-
VMGI-PRONIED/OGA-UA-CEC
4
del 19 de julio d 2018, dando cuenta de lo siguiente:
a) El 2 de agosto de 2017, se otorgó la buena pro a favor del Adjudicatario.
b) El 11 de agosto de 2017, se consintió el otorgamiento de la buena pro.
2
Obrante en el folio 1 del expediente administrativo.
3
Obrante en el folio 3 del expediente administrativo.
4
Obrante a folios 6 al 7 del expediente administrativo.

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