Resolución Nº 0048-GCSPE-ESSALUD-2015 de Seguro Social de Salud del Perú (ESSALUD), 31-12-2015

Número de resolución0048-GCSPE-ESSALUD-2015
Fecha31 Diciembre 2015
EstatusVigente
Tipo de documentoProcedimiento
EmisorGerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas
RESOLUCiÓN DE GERENCIA CENTRAL DE, SEGUROS Y PRESTACIONES
ECONÓMICAS
N°oq~
-GCSPE-ESSALUD-2015
Lima,
3
1 ole
20'S
VISTA:
La Carta N°J.¡ib_GASV-GCSPE-ESSALUD-2015, de la Gerencia de Auditoría de Seguros y
Verificación;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 12° de la ConstituciónPolítica del Perú, los
fondos y las reservas de la seguridad social son intangibles, y los recursos se aplican en la
forma y bajo la responsabilidad que señala la ley;
Que, de conformidad con el numeral 1.2 del artículo 1° de la Ley N° 27056, Ley de Creación
del Seguro Social de Salud, ESSALUD tiene por finalidad brindar cobertura a los
asegurados y sus derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de
prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas y
prestaciones sociales que corresponde al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en
Salud, así como otros seguros de riesgos humanos;
Que, el literal m) del artículo del Reglamento de la Ley W 27056, aprobado por Decreto
Supremo N° 002-99-TR referido a la autonomía de ESSALUD, señala que la Institución
puede normar los aspectos técnico, adminístrativo, económico- financiero, presupuestal y
contable, en concordancia con la ConstituciónPolítica del Perú y la legislación aplicable;
Que, según lo señalado en los literales c) e i) del artículo 133° del Reglamento de
Organízación y Funciones del Seguro Social de Salud (EsSalud), aprobado por Resolución
de Presidencia Ejecutiva W 656-PE-ESSALUD-2014, la Gerencia Central de Seguros y
Prestaciones Económicas tiene por funciones, entre otras, elaborar proyectos de
dispositivos legales en materia de afiliación, aportes de las empresas, vigencia de derechos
y fiscalización y otras disposiciones que se requieran; y, supervisar las actividades de
control de la afiliación, a fin de reducir la evasión y suplantación de la identidad y otras
filtraciones de los asegurados ejecutados en los órganos desconcentrados;
respectivamente.
Que, a fin de garantizar el otorgamiento de las prestaciones a los asegurados afiliados al
régimen contributivo de la seguridad social en salud y/o a otros seguros de riesgos
humanos; y resguardar los recursos institucionales, verificando que los procesos se efectúen
de acuerdo a las normas y procedimientos vigentes; se hace necesario contar con un
instrumento que uniformice el procedimiento de auditoría de seguros, agregue valor a los
procesos y contribuya a la sostenibilidad financiera de la institución;
Que, resulta pertinente aprobar la Directiva denominada "Auditoría de Seguros del Régimen
Contributivo de la Seguridad Social en Salud y de otros Regímenes Administrados por
EsSalud", la cual contiene criterios básicos de riesgo para identificar los problemas de
aseguramiento (selección adversa, riesgo moral, afiliaciones indebidas, entre otros);
Estando a lo propuesto y en uso de las facultades conferidas;
SE RESUELVE:
1. APROBAR la Directiva N°
01.;
-GCSPE-ESSALUD-2015, "Procedimiento de Auditoría
de Seguros del Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud y de otros
Regímenes Administrados por EsSalud", que forma parte integrante de la presente
Resolución.
2. ENCARGAR a la Gerencia de Auditoría de Seguros
y
Verificación realice las acciones
y
coordinaciones necesarias para la implementación, supervisión, evaluación, control
y
difusión en el ámbito nacional de la presente directiva.
3. DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Gerencia Central de Seguros W 002-GCSEG-
GDA-2006 "Manual de Procedimientos de Auditoría de Seguros".
4. DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Gerencia Central de Seguros yPrestaciones
Económicas W 017-GCSPE-ESSALUD-2015 "Auditoria Concurrente de las
intervenciones Quirúrgicas realizadas en IPRESS Extrainstitucionales".
REGíSTRESE Y COMUNíQUESE

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR