Resolución Nº 004-2024 de Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Gerencia General

Número de resolución004-2024
Fecha08 Enero 2024
EmisorGerencia General (Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de Perú)
RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA GENERAL DE LA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS
PÚBLICOS N° 004-2024-SUNARP/GG
Lima, 08 de enero de 2024
VISTOS:
La Carta s/n ingresada por Trámite Documentario el 14 de diciembre de 2023,
presentada por el señor César Augusto Elera Arévalo, aclarada mediante Informe
Personal N° 226-2023-SUNARP/OGRH del 19 de diciembre de 2023; el Memorándum
N° 3292-2023-SUNARP/PP del 21 de diciembre de 2023, de la Procuraduría Pública de
la Sunarp; el Memorándum N° 1882-2023-SUNARP/OPPM del 22 de diciembre de
2023, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorándum N°
2350-2023-SUNARP/OGRH del 21 de diciembre de 2023, de la Oficina de Gestión de
Recursos Humanos; y, el Informe N° 1221-2023-SUNARP/OAJ del 28 de diciembre del
2023, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el literal I) del artículo 35 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, se
reconoce el derecho de los servidores a contar con defensa y asesoría legal, asesoría
contable, económica o afín, con cargo a los recursos de la entidad para su defensa en
procesos judiciales, administrativos, constitucionales, arbitrales, investigaciones
congresales y policiales, ya sea por omisiones, actos o decisiones adoptadas o
ejecutadas en el ejercicio de sus funciones, inclusive como consecuencia de encargos,
aun cuando al momento de iniciarse el proceso hubiese concluido la vinculación con la
entidad;
Que, en el artículo 154 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del
Servicio Civil aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, se señala que la
defensa y asesoría se otorga a pedido de parte, previa evaluación de la solicitud.
Asimismo, dicho artículo refiere que la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR
emitirá la Directiva que regulará el procedimiento para solicitar y acceder al mencionado
beneficio, requisitos, plazos, montos, entre otros;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 284-2015-SERVIR-PE,
SERVIR se aprobó la Directiva Nº 004-2015-SERVIR-GPGSC “Reglas para acceder al
beneficio de defensa y asesoría de los servidores y ex servidores civiles”, la misma que
fue modificada por las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva N° 185-2016-SERVIR-PE
y 103-2017-SERVIR-PE (en adelante, la Directiva) establece las disposiciones para
solicitar y acceder al beneficio de defensa y asesoría legal de los servidores y ex
servidores civiles de las entidades de la administración pública, con cargo a los recursos
de la entidad;
Esta es una copia autentica imprimible de un documento electronico archivado por la SUNARP, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del Decreto
Supremo No 070-2013-PCM y la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo No 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad
pueden ser contrastadas a traves de la siguiente direccion web: https://verificador.sunarp.gob.pe
CVD: 1465324474

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