Resolución Nº 0033-GCPS-ESSALUD-2016 de Seguro Social de Salud del Perú (ESSALUD), 19-04-2016

Número de resolución0033-GCPS-ESSALUD-2016
Fecha19 Abril 2016
EstatusVigente
Tipo de documentoDirectiva
EmisorGerencia Central de Prestaciones de Salud
EsSalud
Humanizando
el
Seguro
Social
RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL
DE
PRESTACIONES
DE
SALUD
?,3 GCPS-ESSALUD-
2016
Lima, í 9
VISTA:
La
Carta
Nºlb!
-GPNAIS-GCPS-ESSALUD-2016 remitida por
la
Gerencia
de
Políticas
y Normas de Atención Integral
de
Salud y
el
Informe Técnico 'i'l--GPNAIS-GCPS-
ESSALUD-2016.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad
con
lo
establecido
en
el
Numeral 1.2 del artículo 1 º
de
la
27056, Ley de Creación
del
Seguro Social
de
Salud, ESSALUD tiene por finalidad dar
cobertura a los asegurados y
sus
derechohabientes, a través
del
otorgamiento
de
prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones
económicas y sociales
que
corresponden
al
régimen contributivo de
la
Seguridad
Social
en
Salud, así como otros seguros de riesgos humanos
Que,
en
el
literal e) del artículo
de
la
27056 se establece como una de las
funciones de ESSALUD, formular y aprobar sus reglamentos internos, así como otras
normas que
le
permitan ofrecer
sus
servicios
de
manera ética, eficiente y competitiva;
Que,
en
el
Plan Estratégico Institucional 2012-2016, aprobado por Acuerdo
de
Concejo Directivo Nº23-10-ESSALUD-2012,
se
establece como segundo objetivo
estratégico de ESSALUD, "Brindar atención integral a los asegurados
con
los
más
altos estándares de calidad,
en
el
marco de
un
fuerte compromiso del Estado
con
el
bienestar de los asegurados; mejorar
el
trato a
los
asegurados, cambiar
el
modelo de
~*'º'~:;;"'•,,-;,,~atención por uno basado
en
la
atención primaria y actuar sobre
los
determin.antes
J ,
·9/'
aciales de
la
salud,
co_n
é_nfasis
en
los
aspe~)os
preventivo-promocionales, contando
····--,,e:,~
p ra ello con
el
apoyo
tecrnco
de
la
OPS/OMS
F nteti,
,,¡;
rente
p
I
.s
.~:"" Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº767-PE-ESSALUD-2015
se
aprobó
el
texto Actualizado y Concordado
del
Reglamento
de
Organización y
Funciones del Seguro Social de Salud -ESSALUD,
en
cuyo literal
a)
del
artículo 158º
establece que
la
Gerencia Central
de
Prestaciones de Salud tiene por función
formular, proponer, aprobar cuando corresponda
al
ámbito
de
su
competencia y
evaluar las políticas, normas, modelos, prioridades sanitarias y estrategias para
la
atención de salud de
los
asegurados a través
de
la
oferta fija y flexible y otras
modalidades, así como
los
criterios
de
evaluación de resultados e impacto de
las
intervenciones sanitarias.
Que, mediante Resolución de Gerencia General N°1514-GG-ESSALUD-2015,
se
aprobó
el
Sistema Nacional de Cuidado Cardiovascular
en
el
Seguro Social de Salud-
ESSALUD, cuya finalidad
es
establecer
la
organización de
un
Sistema Nacional
de
Cuidado Cardiovascular
que
permita mejorar
la
calidad, eficiencia, acceso y equidad a
lo
largo de todo
el
cuidado cardiovascular.
Que,
en
el
marco del Sistema Nacional
del
Cuidado Cardiovascular, resulta necesario
normar
el
proceso de
la
atención del Cuidado Integral del paciente
con
Hipertensión
Arterial
en
la
Seguridad Social de Salud- EsSalud.
EsSalud
Humanizando el Seguro
Social
Con opinión favorable
de
la
Gerencia Central de Gestión Financiera, Gerencia Central
de Asesoría Jurídica, Gerencia Central
de
Operaciones, Dirección del Instituto de
Evaluación de Tecnologías
en
Salud e Investigación, Dirección del Centro Nacional de
Telemedicina, Dirección del Instituto Nacional Cardiovascular "Carlos Alberto
Peschiera Carrillo", Gerencia de Medicina Complementaria y Subgerencia de Atención
Preventivo Promociona! y de Complejidad Creciente.
Estando a
lo
expuesto y en uso de las facultades conferidas;
SE
RESUELVE:
1.
APROBAR,
la
Directiva
001
GCPS-ESSALUD-2016, "Cuidado Integral del
paciente con Hipertensión Arterial
en
la
Seguridad Social de Salud- EsSalud" , que
en anexo adjunto forma parte integrante de
la
presente Resolución.
2.
DISPONER, que
la
Gerencia de Políticas y Normas de Atención Integral de Salud
se encargue de
la
difusión, asesoría técnica y conducción del proceso de
implantación de .)a.Directiva aprobada por
la
presente Resolución, a nivel nacional.
3.
NOJ!~!~AR, Q\J;;il~sBedes Desconcentradas/ Redes Asistenciales y Órganos
Ptesta9ores Nacionales,
en
el
á!nbito
de
sus competencias, adopten las acciones
que.·.•.re~Hlten
l')ElC!;lS8flas.·
par.a
la
...
implementélción;
..
progresiva.,
de
..
la
Directiva
aprotlac!a,
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J,ICUérdq
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SU qi$ponibjli¡:i~d
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Gerencia
Ce11Jral
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..
Op¡¡raci9ne5
reéllizar•1;1J,51;"1gµirpiento,
.gpptfpl,
SLjpefW$Í\?/'l.Y
eyalµación
hasta
sutótal
implemé11tación.
; - · · -
······
...
·........
····
· • · ·
····
···
·
4.
NOTIFICAR, que los Órganos Centrales coadyuven
al
cumplimiento de
la
implementación
de
la
Directiva aprobada por
la
presente Resolución, debiendo
la
Gerencia Central
de
Operaciones conducir las acciones a efectos que sean
implementadas por dichos Órganos Centrales según sus competencias.
5.
PUBLICAR, en
el
Compendio Normativo del Seguro Social de Salud- ESSALUD
REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE
SEGURO SOCIAL
DE
SALUD -ESSALUD
DIRECTIVA DE GERENCIA CENTRAL DE PRESTACIONES DE SALUD
CO\
-GCPS-ESSALUD-2016
"CUIDADO INTEGRAL DEL PACIENTE CON
HIPERTENSION ARTERIAL
EN
EL SEGURO
SOCIAL DE SALUD -ESSALUD"
GERENCIA CENTRAL
DE
PRESTACIONES
DE
SALUD
LIMA-PERÚ

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