Resolución Nº 00321-2015-JNE de Jurado Nacional de Elecciones, 09-11-2015

Sentido del falloConvocar
Número de resolución00321-2015-JNE
Fecha09 Noviembre 2015
EmisorJurado Nacional de Elecciones (Perú)
Tribunal de OrigenSAN MARTIN - MOYOBAMBA - SORITOR





Jurado Nacional de Elecciones

Resolución N.° 0321-2015-JNE





Expediente N.° J-2015-0313-C01

SORITOR - MOYOBAMBA - SAN MARTÍN

CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO



Lima, nueve de noviembre de dos mil quince



VISTO el Acuerdo Municipal N.° 190-2015-MDS, de fecha 28 de setiembre de 2015, mediante el cual se suspendió a Fernando Uriarte Saucedo, regidor del Concejo Distrital de Soritor, provincia de Moyobamba, departamento de San Martín, debido a que incurrió en la causal referida a contar con un mandato de detención, estipulada en el inciso 3 del artículo 25 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.


ANTECEDENTES


En la Sesión Ordinaria N.° 020, de fecha 28 de setiembre de 2015, el Concejo Municipal de Soritor, provincia de Moyobamba, departamento de San Martín, mediante Acuerdo Municipal N.° 190-2015-MDS, aprobó suspender, por unanimidad, al regidor Fernando Uriarte Saucedo. Ello por cuanto dicha autoridad incurrió en la causal prevista en el inciso 3 del artículo 25 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), referida a contar con un mandato de detención que, en este caso, dictó en su contra el Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Moyobamba. Esta decisión quedó consentida, mediante Acuerdo Municipal N.° 218-2015-MDS, en la Sesión Extraordinaria N.° 019, de fecha 30 de octubre de 2015.


El Jurado Nacional de Elecciones, mediante Oficio N.° 3781-2015-SG/JNE, del 20 de octubre de 2015, solicitó a la Corte Superior de Justicia de San Martín información y copias certificadas sobre los actuados en el caso seguido contra el regidor en cuestión.


Al respecto, con fecha 2 de noviembre de 2015, mediante Oficio N.° 5106-2015-2do.JIPM-CSJSM-PJ (EXP. 00595-2015-1) FCS, el Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Moyobamba remite al Jurado Nacional de Elecciones copia certificada de la Resolución N.° 3, del 4 de setiembre de 2015. Precisamente, a través de esta resolución se declara fundado el pedido de prisión preventiva solicitado por el Ministerio Público en contra de Fernando Uriarte Saucedo en el proceso penal que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de parricidio, en agravio de Gladys Guevara Segura. En tal sentido, dispone que cumpla esta medida coercitiva por el plazo de nueve meses.




CONSIDERANDOS


  1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 25, numeral 3, de la LOM, el ejercicio del cargo de alcalde o regidor se suspende, por acuerdo de concejo, por el tiempo que dure el mandato de detención.


Asimismo, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones considera que basta que el mandato de detención haya sido emitido y se encuentre vigente para que concurra la causal de suspensión del ejercicio del cargo. Apreciación que ha sido expuesta en las Resoluciones N.° 920-2012-JNE, N.° 928-2012-JNE, N.° 931-2012-JNE, N.° 932-2012-JNE, N.° 1077-2012-JNE, N.° 1129-2012-JNE, entre otras, en las que este Supremo Órgano Electoral ha valorado que el mandato de detención sea actual y que haya sido ordenado de manera oportuna por el órgano jurisdiccional competente.


  1. En este caso, respecto de la situación jurídica del regidor Fernando Uriarte Saucedo, se aprecia de autos que se encuentra bajo la medida de prisión preventiva, situación jurídica que ha sido dispuesta por el Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Moyobamba.


  1. En ese contexto, dado que existe un mandato de detención vigente, y en aplicación del artículo 25, numeral 3, de la LOM, corresponde suspender provisionalmente a Fernando Uriarte Saucedo en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Soritor, provincia de Moyobamba, departamento de San Martín. En tal sentido, se debe convocar a la candidata no proclamada, Thalía del Pilar Vela Cruzado, identificada con DNI N.° 71299343, para que asuma transitoriamente el cargo de regidora de la citada comuna, mientras se resuelve la situación jurídica del regidor en cuestión.



Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,


RESUELVE


Artículo primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de suspensión de Fernando Uriarte Saucedo en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Soritor, provincia de Moyobamba, departamento de San Martín, por la causal establecida en el artículo 25, numeral 3, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.


Artículo segundo.- DEJAR SIN EFECTO, provisionalmente, la credencial otorgada a Fernando Uriarte Saucedo en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Soritor, provincia de Moyobamba, departamento de San Martín.


Artículo tercero.- CONVOCAR a Thalía del Pilar Vela Cruzado, identificada con DNI N.° 71299343, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Soritor, provincia de Moyobamba, departamento de San Martín, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que la faculte como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.


SS.


TÁVARA CÓRDOVA


FERNÁNDEZ ALARCÓN


AYVAR CARRASCO


CORNEJO GUERRERO


RODRÍGUEZ VÉLEZ


Samaniego Monzón

Secretario General

agb

3


Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR