Resolucion N° 003-2023-SUNEDU/CD. Rectifican la Resolución del Consejo Directivo N° 036-2018-SUNEDU/CD mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos

Fecha de publicación11 Enero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 9 de enero de 2023

VISTOS:

La Resolución del Consejo Directivo N° 036-2018-SUNED/CD1, mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (en adelante, Universidad); el Oficio N° 001537-2022-R-D/UNMSM2 presentada por la Universidad; y, el Informe N° 0002-2023-SUNEDU-02-12 del 3 de enero de 2023 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic).

CONSIDERANDO:

1. Antecedentes

El numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria) establece como función del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, la Sunedu) aprobar, denegar, suspender o cancelar las licencias para el funcionamiento del servicio de educación superior universitario bajo su competencia.

El 4 de abril de 2018 se publicó en el diario oficial “El Peruano” la Resolución del Consejo Directivo N° 036-2018-SUNEDU/CD del 3 de abril de 2018, mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad para ofrecer el servicio educativo superior universitario3.

El 4 de octubre de 2022, mediante Oficio N° 001537-2022-R-D/UNMSM4, la Universidad solicitó la enmienda de la Resolución del Consejo Directivo N° 036-2018-SUNEDU/CD al haberse omitido incluir el programa de Segunda Especialidad Profesional de Neonatología como parte de la oferta académica de la Universidad, y el respectivo título que este otorga.

El 24 de noviembre de 2022, mediante Oficio N° 01350-2022-R-D/UNMSM5, la Universidad presentó información complementaria.

Mediante Informe N° 0002-2023-SUNEDU-02-12 del 3 de enero de 2023, la Dilic informó al Consejo Directivo sobre la pertinencia de rectificar los errores materiales contenidos en la Resolución del Consejo Directivo N° 036-2018-SUNEDU/CD, mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad, por haber incurrido en la omisión del programa de Segunda Especialidad Profesional en Neonatología y el respectivo título que este otorga.

2. Sobre el error material contenido en el Anexo N° 2 de la Resolución del Consejo Directivo N° 036-2018-SUNEDU/CD.

El artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General6, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (en adelante, TUO de la LPAG), regula lo relacionado a los errores materiales; indicando que pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. Para tal efecto, la rectificación adopta las formas...

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