Resolución Nº 003-2020 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Disponen el registro de la Actualización N° 4, por variación fundamental, del Prospecto Marco del "Primer Programa de Instrumentos de Corto Plazo Lari Contratistas S.A.C.")

Número de resolución003-2020
Fecha14 Enero 2020
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
de Economía y Finanzas
SMV
Superintendencia del Mercado
de Valores
DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES - AÑO DE LA UNIVERSALIZACIÓN DE LA SALUD
1
Resolución de Intendencia General SMV
003-2020-SMV/11.1
Lima, 14 de enero de 2020
El Intendente General de Supervisión de Conductas
Vistos:
El Expediente Nº 2019048721, así como el Informe Interno
Nº 53-2020-SMV/11.1 del 14 de enero de 2020, de la Intendencia General de
Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas
de Mercados;
Considerando:
Que, mediante escritos del 10 y 11 de diciembre de 2019,
Lari Contratistas S.A.C. solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores SMV el
registro de la Actualización N° 4 del Prospecto Marco del «Primer Programa de
Instrumentos de Corto Plazo Lari Contratistas S.A.C.», el registro de la Actualización N°
3 del Complemento del Prospecto Marco de la «Primera Emisión del Primer Programa
de Instrumentos de Corto Plazo Lari Contratistas S.A.C.» y el registro de la Actualización
N° 2 del Complemento del Prospecto Marco de la «Segunda Emisión del Primer
Programa de Instrumentos de Corto Plazo Lari Contratistas S.A.C.»; al haberse
incorporado una Cuenta Garantía (Escrow Account) como garantía específica, la misma
que respaldará todas las emisiones del programa de emisión antes citado;
Que, de la revisión efectuada en el marco de la solicitud a
la que se refiere el considerando precedente, se ha verificado que mediante Resolución
de Intendencia General SMV N° 110-2018-SMV/11.1 del 20 de diciembre de 2018, en
el marco de un trámite anticipado, se inscribió el «Primer Programa de Instrumentos de
Corto Plazo Lari Contratistas S.A.C.», hasta por un monto máximo en circulación de
S/ 10’000,000.00 (Diez Millones y 00/100 de Soles) o su equivalente en Dólares de los
Estados Unidos de América, y se registró el Prospecto Marco correspondiente en la
sección «De los Valores Mobiliarios y/o Programas de Emisión inscritos en el Mercado
Alternativo de Valores MAV» del Registro Público del Mercado de Valores;
Que, mediante la referida resolución y en la misma fecha,
se inscribieron los valores mobiliarios denominados «Primera Emisión del Primer
Programa de Instrumentos de Corto Plazo Lari Contratistas S.A.C.», hasta por un monto
máximo en circulación ascendente a S/ 10’000,000.00 (Diez Millones y 00/100 Soles), y
se registró el Complemento del Prospecto Marco correspondiente en la sección «De los
Valores Mobiliarios y/o Programas de Emisión inscritos en el Mercado Alternativo de
Valores MAV» del Registro Público del Mercado de Valores;
Que, el 30 de julio de 2019, mediante un procedimiento de
aprobación automática, se inscribieron los valores denominados «Segunda Emisión del
Primer Programa de Instrumentos de Corto Plazo Lari Contratistas S.A.C.», hasta por
un monto máximo en circulación ascendente a US$ 2’500,000.00 (Dos Millones
Quinientos Mil y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), y se registró el
Complemento del Prospecto Marco correspondiente en la sección «De los Valores

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