Resolución Nº 0025-2021-MIDAGRI-SG-OGA del Ministerio de Agricultura, 08-03-2021

Fecha08 Marzo 2021
Número de resolución0025-2021-MIDAGRI-SG-OGA
RESOLUCION DIRECTORAL
0025 -2021-MIDAGRI-SG/OGA
Lima, 08 de marzo de 2021
VISTOS:
La Carta 0001-2021/Lima del contratista INTEC
Informático S.A.C.; el Informe Nº 0193-2021-MIDAGRI-SG/OGA-OAP de la Oficina de
Abastecimiento y Patrimonio; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-84-PCM se aprueba
el Reglamento del Procedimiento Administrativo para el reconocimiento y abono de créditos
internos y devengados a cargo del Estado (en adelante el Reglamento), estableciendo las
disposiciones que regulan la tramitación de las acciones y reclamaciones de cobranza de
créditos internos a cargo del Estado, por concepto de adquisiciones de bienes, servicios y
otros créditos similares correspondientes a ejecuciones presupuestales fenecidos, con
excepción del endeudamiento financiero autorizado por norma legal expresa;
Que el artículo 3 del Reglamento precisa que se entiende por
créditos, las obligaciones que, no habiendo sido afectadas presupuestalmente, han sido
contraídas en ejercicio fiscal dentro de los montos de gastos autorizados en los calendarios
de compromisos de ese mismo ejercicio;
Que, asimismo, los artículos 6 y 7 del Reglamento disponen
que el reconocimiento de la deuda será promovido por el acreedor ante el organismo deudor,
acompañado de la documentación que acredite el cumplimiento de la obligación de su
competencia; y, que el organismo deudor, previsto de los informe técnicos y jurídicos
internos, con la indicación de la conformidad del cumplimiento de la obligación en los casos
de adquisiciones y contratos, y de las causales por las que no se ha abonado en el
presupuesto, resolverá denegando o reconociendo el crédito y ordenando su abono con
cargo al presupuesto del ejercicio vigente;
Que, el artículo 8 del Reglamento establece que la resolución
mencionada en su artículo 7 será expedida en primera instancia por el director/a general de
Administración;
Que, mediante Carta N° 0001-2021/Lima, de fecha 08 de
febrero del 2021, el contratista INTEC Informático S.A.C. solicita el reconocimiento de pago
por la adquisición de 12 tóneres;
Que, a través del Informe Nº 0193-2021-MIDAGRI-SG/OGA-
OAP, la Oficina de Abastecimiento y Patrimonio opina que se verifica el cumplimiento de los
requisitos para proceder con el reconocimiento de crédito devengado, toda vez que: i) el 25
de noviembre del 2020, el contratista INTEC Informático S.A.C. acepta la Orden de Compra
Electrónica OCAM-2020-155-531-1 (Orden de Compra-Guía de Internamiento 288-2020,
expediente SIAF N° 6901) “Adquisición de 12 tóneres”, por el monto de S/7 118.00 (Siete
Mil Ciento Dieciocho y 00/Soles), generada a través del aplicativo del Catálogo Electrónico
Firmado digitalmente por
KANASHIRO KATEKARU Lisette
Patricia FAU 20131372931 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 08.03.2021 20:01:33 -05:00
Firmado digitalmente por
SALAVERRY HERNANDEZ Claudia
Janette FAU 20131372931 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 08.03.2021 20:43:24 -05:00

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