Resolución Nº 002-2020 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Disponen la exclusión del Registro Público del Mercado de Valores de los valores mobiliarios)

Número de resolución002-2020
Fecha10 Enero 2020
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
de Economía y Finanzas
SMV
Superintendencia del Mercado
de Valores
DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES AÑO DE LA UNIVERSALIZACIÓN DE LA SALUD
1
Resolución de Intendencia General SMV
002-2020-SMV/11.1
Lima, 10 de enero de 2020
El Intendente General de Supervisión de Conductas
Vistos:
El Expediente Nº 2019048846, así como el Informe Interno
18-2020-SMV/11.1 del 06 de enero de 2020, de la Intendencia General de
Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas
de Mercados;
Considerando:
Que, mediante escritos presentados el 11 de diciembre de
2019, Factoring Total S.A., representada por el señor David Núñez Molleapasa, solicitó
a la Superintendencia del Mercado de Valores SMV, a través del sistema de Ventanilla
Única, la exclusión de los valores mobiliarios denominados «Primera Emisión del Primer
Programa de Instrumentos de Corto Plazo Factoring Total S.A.», «Tercera Emisión del
Primer Programa de Instrumentos de Corto Plazo Factoring Total S.A.», «Cuarta
Emisión del Primer Programa de Instrumentos de Corto Plazo Factoring Total S.A.»,
«Quinta Emisión del Primer Programa de Instrumentos de Corto Plazo Factoring Total
S.A.», «Sexta Emisión del Primer Programa de Instrumentos de Corto Plazo Factoring
Total S.A.», «Sétima Emisión del Primer Programa de Instrumentos de Corto Plazo
Factoring Total S.A.», «Octava Emisión del Primer Programa de Instrumentos de Corto
Plazo Factoring Total S.A.», «Novena Emisión del Primer Programa de Instrumentos de
Corto Plazo Factoring Total S.A.» y «Décima Emisión del Primer Programa de
Instrumentos de Corto Plazo Factoring Total S.A.», todos correspondiente al «Primer
Programa de Instrumentos de Corto Plazo Factoring Total S.A.», del Registro Público
del Mercado de Valores y del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, por
cancelación total de las obligaciones derivadas de los mismos;
Que, mediante Resolución de Intendencia General SMV
088-2019-SMV/11.1 del 27 de diciembre de 2019, la Intendencia General de
Supervisión de Conductas IGSC dispuso la acumulación de los procedimientos
administrativos contenidos en los expedientes N°s 2019048846, 2019048853,
2019048854, 2019048856, 2019048860, 2019048861, 2019048862, 2019048863 y
2019048865 de Factoring Total S.A., para su resolución conjunta en el expediente N°
2019048846;
Que, se ha verificado que el 18 de febrero de 2015,
mediante el uso del sistema electrónico e-prospectus y bajo un procedimiento de
aprobación automática, en el marco de un trámite anticipado, se inscribió el «Primer
Programa de Instrumentos de Corto Plazo Factoring Total S.A.», hasta por un monto
máximo circulación de USD 3’000,000.00 (Tres Millones y 00/100 Dólares de los
Estados Unidos de América) o su equivalente en Soles, y se registró el Prospecto
Marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores;

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