Resolucion N° 00160-2022-SUNARP/SN. Autorizan la creación de la Oficina Receptora de Lambayeque, ubicada en la provincia y departamento de Lambayeque, bajo la jurisdicción de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo
Fecha de publicación | 29 Noviembre 2022 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
Lima, 28 de noviembre de 2022
VISTOS, el Oficio N° 507-2022-SUNARP/ZRII/JEF del 05 de octubre de 2022 y el Oficio N° 549-2022-SUNARP/ZRII/JEF del 27 de octubre de 2022, ambos de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo; el Memorándum Múltiple N° 014-2022-SUNARP-OPPM del 14 de octubre de 2022, el Memorándum N° 1202-2022-SUNARP-OPPM del 27 de octubre de 2022 y el Memorándum N° 1306-2022-SUNARP-OPPM del 16 de noviembre de 2022, todos de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Técnico N° 178-2022-SUNARP/OA del 17 de octubre de 2022, de la Oficina de Administración; el Memorándum N° 1217-2022-SUNARP/OTI del 17 de octubre de 2022, de la Oficina de Tecnologías de la Información; el Memorándum N° 1001-2022-SUNARP/DTR del 18 de octubre de 2022, de la Dirección Técnica Registral; y, el Informe N° 1084-2022-SUNARP/OAJ del 24 de noviembre de 2022, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 26366 se crea la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp, Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional;
Que, mediante la Resolución N° 347-2015-SUNARP/SN del 31 de diciembre de 2015, se aprueba la Directiva 11-2015-SUNARP/SN, denominada “Directiva que establece los lineamientos para sustentar y gestionar la propuesta de autorización, supresión o traslado de funcionamiento de oficinas receptoras”, cuyo cumplimiento es obligatorio en la Sede Central y en las Zonas Registrales integrantes del Sistema Nacional de los Registros Públicos;
Que, con Resolución N° 048-2022-SUNARP/SN del 11 de abril de 2022, se aprueba la actualización de la Política del Sistema Integrado de Gestión - SIG de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; en ese sentido, la Sunarp se encuentra comprometida, entre otros, a brindar servicios registrales de inscripción y publicidad de actos, contratos, derechos y titularidades de las personas, de manera oportuna, inclusiva, transparente, predictible y eficiente, a fin de otorgar seguridad jurídica al ciudadano, fortalecer sus derechos y satisfacer sus requerimientos y expectativas;
Que, con Oficios N° 507 y 549-2022-SUNARP/ZRII/JEF, la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo propuso la creación y apertura de la Oficina Receptora de Lambayeque en la ciudad de...
VISTOS, el Oficio N° 507-2022-SUNARP/ZRII/JEF del 05 de octubre de 2022 y el Oficio N° 549-2022-SUNARP/ZRII/JEF del 27 de octubre de 2022, ambos de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo; el Memorándum Múltiple N° 014-2022-SUNARP-OPPM del 14 de octubre de 2022, el Memorándum N° 1202-2022-SUNARP-OPPM del 27 de octubre de 2022 y el Memorándum N° 1306-2022-SUNARP-OPPM del 16 de noviembre de 2022, todos de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Técnico N° 178-2022-SUNARP/OA del 17 de octubre de 2022, de la Oficina de Administración; el Memorándum N° 1217-2022-SUNARP/OTI del 17 de octubre de 2022, de la Oficina de Tecnologías de la Información; el Memorándum N° 1001-2022-SUNARP/DTR del 18 de octubre de 2022, de la Dirección Técnica Registral; y, el Informe N° 1084-2022-SUNARP/OAJ del 24 de noviembre de 2022, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 26366 se crea la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp, Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional;
Que, mediante la Resolución N° 347-2015-SUNARP/SN del 31 de diciembre de 2015, se aprueba la Directiva 11-2015-SUNARP/SN, denominada “Directiva que establece los lineamientos para sustentar y gestionar la propuesta de autorización, supresión o traslado de funcionamiento de oficinas receptoras”, cuyo cumplimiento es obligatorio en la Sede Central y en las Zonas Registrales integrantes del Sistema Nacional de los Registros Públicos;
Que, con Resolución N° 048-2022-SUNARP/SN del 11 de abril de 2022, se aprueba la actualización de la Política del Sistema Integrado de Gestión - SIG de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; en ese sentido, la Sunarp se encuentra comprometida, entre otros, a brindar servicios registrales de inscripción y publicidad de actos, contratos, derechos y titularidades de las personas, de manera oportuna, inclusiva, transparente, predictible y eficiente, a fin de otorgar seguridad jurídica al ciudadano, fortalecer sus derechos y satisfacer sus requerimientos y expectativas;
Que, con Oficios N° 507 y 549-2022-SUNARP/ZRII/JEF, la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo propuso la creación y apertura de la Oficina Receptora de Lambayeque en la ciudad de...
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