Resolucion Nº 00112 -2023-CD/OSIPTEL. Declaran infundado Recurso de Apelación interpuesto por VIETTEL PERÚ S.A.C. contra la Resolución de Gerencia General N° 178-2022-GG/OSIPTEL

Fecha de publicación13 Mayo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 9 de mayo de 2023

VISTOS:

(i) El Recurso de Apelación interpuesto por la empresa Viettel Perú S.A.C. (en adelante, VIETTEL) contra la Resolución Nº 178-2022-GG/OSIPTEL mediante la cual se dispuso la imposición de 2 multas vinculadas a la comisión de las infracciones tipificadas en el ítem 10 del Anexo N° 2 del Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 123-2014-CD/OSIPTEL y modificatorias (en adelante, Reglamento de Calidad), al haber incumplido con los compromisos de mejora del indicador de Calidad de Cobertura del Servicio (CCS) para los centros poblados (CCPP) de Camporredondo y Masisea.

(ii) El Informe Nº 118-OAJ/2023 del 18 de abril de 2023, de la Oficina de Asesoría Jurídica, que adjunta el proyecto de Resolución del Consejo Directivo que resuelve el Recurso de Apelación, y

(iii) El Expediente Nº 085-2021-GG-DFI/PAS y el Expediente de Supervisión Nº 032-2020-DFI.

CONSIDERANDO:

I. ANTECEDENTES

1.1. La Dirección de Fiscalización e Instrucción (en adelante, DFI), mediante la carta Nº 2107-DFI/2021, notificada el 6 de octubre de 2021, comunicó a VIETTEL el inicio de un Procedimiento Administrativo Sancionador (en adelante, PAS), toda vez que habría incurrido en las siguientes infracciones:

1.2. Con fecha 23 de diciembre de 2021, la DFI remitió a la Gerencia General el Informe Final de Instrucción Nº 268-DFI/2021, que contiene el análisis de los descargos presentados por VIETTEL, el cual fue puesto en conocimiento de dicha empresa operadora mediante carta Nº 019-GG/2022, notificada el 7 de enero de 2022, a fin de que formule descargos en un plazo de cinco (05) días hábiles.

1.3. Sin que VIETTEL haya presentado algún descargo adicional, la Gerencia General del OSIPTEL se pronunció a través de la Resolución N° 178-2022-GG/OSIPTEL de fecha 6 de junio de 2022, de acuerdo al siguiente detalle:

1.4. El 30 de junio de 2022, VIETTEL interpuso Recurso de Apelación contra la Resolución Nº 178-2022-GG/OSIPTEL.

II. ANÁLISIS

A continuación, se analizarán los argumentos de VIETTEL:

2.1. Respecto de la presunta aplicación incorrecta de la Retroactividad Benigna.–

VIETTEL refiere que la Gerencia General habría incurrido en 2 errores aritméticos, dado que las multas impuestas son superiores a la que realmente corresponderían luego de la aplicación de la retroactividad benigna.

Para sustentar dicha afirmación, la empresa operadora refiere que una vez obtenido el beneficio ilícito dividido entre...

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