Resolución N° 001-2019-PRODUCE/DVPA, del Consejo de Apelaciones y Sanciones del Ministerio de Producción, 2019-01-03

Número de resolución001-2019-PRODUCE/DVPA
Número de resolución001-2019-PRODUCE/DVPA
Fecha03 Enero 2019
EmisorConsejo de Apelación de Sanciones (Perú)
MateriaNO CORRESPONDE
II IS If RIO DE LA PRODUCCION
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N° 001-2019-PRODUCE/DVPA
LIMA,
03
DE
Enero
VISTOS:
El registro adjunto N° 00136271-2017-1 presentado por el señor Carlos
Justino Alvarez Rumaldo; y, el Informe N° 1610-2018-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General
de Asesorla Juridica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante ResoluciOn Directoral No 590-2017-PRODUCE/DGPCHDI de fecha 26
de octubre de 2017, Ia DirecciOn General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto
resolvió lo siguiente:
"ArtIculo 1.- Declarar improcedente Ia solicitud de permiso de pesca presentado
por el señor CARLOS JUST/NO ALVAREZ RUMALDO con fecha 21 de enero de
2003 ante ía Dirección Regional de Pesquerla de Piura, en e/ marco de Ia Ley N°
26920, su reglamento y la Reso/ución Ministerial N° 130-2002-PRODUCE, a fin de
operar las embarcaciones pesqueras ERNESTO / (antes YUNA II) de matrIcula
CE-16994-CM y ERNESTO II (antes SAGRADO CORAZON DE JESUS) de
matrIcula CE- 1480-CM, para ía extracción de los recurso Anchoveta y Sardina
con destino al Consumo Humano Indirecto".
DE L4
Que, mediante escrito de registro N°0015961 6-201 7, Juan Ernesto Alvarez Rumaldo
en nombre y representacion de Carlos Justino Alvarez se acoge al Silencio
Administrativo
\'•
f
Negativo dando por denegado su solicitud de permiso de pesca de fecha 21 de enero de 2003
respecto de las embarcaciones pesqueras ERNESTO I (antes YUNA II) de matrIcula CE-
S
16994-CM y ERNESTO II (antes SAGRADO CORAZON DE JESUS) de matricula CE- 1480-
CM al haber trascurrido el plazo legal sin que se omita opinion;
Que, mediante escrito de registro adjunto N° 00136271-2017-1, Carlos Justino Alvarez
Rumaldo interpone recurso de apelaciOn contra Ia Resolución Directoral N° 590-2017-
PRODUCE/DGPCHDI de fecha 26 de octubre de 2017 de Ia DirecciOn General de Pesca para
Consumo Humano Directo e Indirecto;
I
Que, el Texto Cinico Ordenado de Ia Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento
Administrativo
General aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, en adelante el TUO
de Ia Ley, en su artIculo 215 establece que frente a un acto administrativo que se supone
viola, desconoce o lesiona un derecho a interés legitimo, procede su contradicción en Ia via
administrativa mediante los recursos administrativos correspondientes y que solo son
DE 20
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