RESOLUCION N° 001-2014-2015-CR - Resolución Legislativa del Congreso de la República que delega en la Comisión Permanente la facultad de legislar

Fecha de disposición15 Diciembre 2014
Fecha de publicación15 Diciembre 2014
El Peruano
Lunes 15 de diciembre de 2014
539892
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
R.D. N° 183-2014-GRL-GRDE-DREM.- Concesiones mineras
cuyos títulos fueron otorgados en periodo comprendido entre el
1 de agosto al 31 de noviembre de 2014 539913
GOBIERNO REGIONAL
DE SAN MARTIN
Res. N° 1469-2014-GRSM/PGR.- Aprueban Plan Anual
del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del
Gobierno Regional de San Martín 539914
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO
001-2014-2015-CR
LA PRESIDENTA DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa del
Congreso siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
QUE DELEGA EN LA COMISIÓN PERMANENTE
LA FACULTAD DE LEGISLAR
Artículo 1. Materias y plazo de la delegación
Delégase en la Comisión Permanente del Congreso
de la República, según lo establecido en el inciso 4) del
artículo 101 de la Constitución Política del Perú, la facultad
de legislar, a partir del día siguiente del término de la
Primera Legislatura Ordinaria correspondiente al Período
Anual de Sesiones 2014-2015 hasta el 28 de febrero de
2015, sobre los siguientes asuntos:
1. Los dictámenes y proyectos de ley o de resolución
legislativa que se encuentren en la Agenda del
Pleno del Congreso al 15 de diciembre de 2014, y
aquellos que se incluyan por acuerdo de la Junta
de Portavoces, según sus atribuciones.
2. Las proposiciones del Poder Ejecutivo enviadas con
carácter de urgencia, conforme a lo dispuesto por el
Artículo 2. Limitaciones
Exclúyense de los asuntos a que se ref‌i ere el
artículo anterior aquellos cuya delegación a la Comisión
Permanente no procede, según lo establecido en el
segundo párrafo del inciso 4) del artículo 101 de la
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en el Palacio Legislativo, en Lima, a los doce
días del mes de diciembre de dos mil catorce.
ANA MARÍA SOLÓRZANO FLORES
Presidenta del Congreso de la República
ESTHER CAPUÑAY QUISPE
Tercera Vicepresidenta del Congreso de la República
1176835-1
PODER EJECUTIVO
CULTURA
Aprueban el Manual de Operaciones del
Proyecto Especial Zona Arqueológica
Caral - Supe
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 454-2014-MC
Lima, 12 de diciembre de 2014
Visto, el Memorando Nº 1192-2014-OGPP-SG/MC de
la Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2003-ED
se creó el Proyecto Especial Arqueológico Caral – Supe
con plena autonomía de gestión científ‌i ca, administrativa
y f‌i nanciera, siendo responsable de las actividades de
investigación, registro, puesta en valor y conservación
de la Ciudad Sagrada de Caral – Supe ubicada en el
distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento
de Lima;
Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura
como organismo del Poder Ejecutivo, con personería
jurídica de derecho público, constituyendo un pliego
presupuestal del Estado;
aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Cultura, en cuyo artículo 102 se establece
que el Proyecto Especial Zona Arqueológica Caral forma
parte del Ministerio y cuyas competencias, objetivos,
funciones y organización se regulan de acuerdo a
las normas de su creación y demás complementarias
respectivas;
Que, de acuerdo al artículo 4 de los Lineamientos
para la elaboración y aprobación del Reglamento de
Organización y Funciones – ROF por parte de las
entidades de la Administración Pública, aprobado por
Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se establece que la
def‌i nición de las funciones y, de ser el caso, la estructura
orgánica de los programas y proyectos se aprueba
mediante un Manual de Operaciones;
Que, el artículo 36 de la citada norma, establece que
los programas y proyectos contarán con un manual de
operaciones en el que se consignará por lo menos la
siguiente información: a) Descripción del programa o
proyecto, incluyendo el objetivo, la descripción de éste
y la identificación de entidades, órganos o unidades
orgánicas ejecutoras que tienen responsabilidades
respecto del programa o proyecto; b) Organización
del programa o proyecto: organización, funciones
y responsabilidades; c) Procesos principales tales
como programación y aprobación de actividades,
ejecución de recursos, proceso de coordinación,
desembolsos, según corresponda; y d) Procesos de
supervisión, seguimiento y evaluación: supervisión

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