Resolución Nº 0007-2020-MINAGRI-DVDIAR del Ministerio de Agricultura, 27-05-2020

Fecha27 Mayo 2020
Número de resolución0007-2020-MINAGRI-DVDIAR
Resolución Viceministerial
Nro.0007-2020-MINAGRI-DVDIAR
Lima, 27 de mayo de 2020
VISTOS:
El Memorando Nº 232-2020-MINAGRI-DVDIAR/DGIAR-DG de la Dirección General
de Infraestructura Agraria y Riego, sobre aprobación del “Primer listado de Actividades de
Mantenimiento de Canales de Riego y Drenes”, y el Informe Legal N° 351-2020-
MINAGRI/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley31015, Ley que autoriza la ejecución de intervenciones
en infraestructura social, básica, productiva y natural mediante núcleos ejecutores, se
autoriza a ministerios, organismos públicos ejecutores, gobiernos regionales y gobiernos
locales para que, en el marco de sus competencias, ejecuten intervenciones en
infraestructura social básica, productiva y natural o de mantenimiento de las mismas, que
contribuyan efectivamente al cierre de brechas orientadas a reducir la pobreza y extrema
pobreza en el ámbito rural y periurbano, incluyendo a las comunidades afectadas por
terrorismo, bajo la modalidad de Núcleos Ejecutores;
Que por el Decreto de Urgencia N° 041-2020, publicado el 18 de abril de 2020 en el
diario oficial El Peruano, se estableció medidas extraordinarias en materia económica y
financiera, en el marco de la Ley Nº 31015, Ley que autoriza la ejecución de intervenciones
en infraestructura social básica, productiva y natural, mediante núcleos ejecutores, para
promover la reactivación de la economía en el Sector Agricultura y Riego mediante la
intervención de núcleos ejecutores, a cuyo efecto autorizó una Transferencia de Partidas
en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de
la Reserva de Contingencia, a favor del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), hasta
por la suma de S/ 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES)
para financiar la ejecución de las intervenciones en el marco de la Ley N° 31015, mediante
Núcleos Ejecutores; precisándose en su numeral 2.5 del artículo 2 que las intervenciones
en infraestructura productiva y natural a financiar con los recursos transferidos, contemplan
únicamente el financiamiento de actividades de mantenimiento de infraestructura mediante
gasto corriente, no contemplando bajo ningún escenario el financiamiento de inversiones de
optimización, ampliación marginal, rehabilitación y reposición (IOARR); al mismo tiempo, a
través de su Primera Disposición Complementaria Final, dispuso que el Ministerio de
Agricultura y Riego dicte las medidas que resulten necesarias para la aplicación del citado
Decreto de Urgencia;
Que, en uso de dicha facultad se expidió la Resolución Ministerial N° 0107-2020-
MINAGRI, de fecha 01 de mayo de 2020, con el objeto de dar las pautas para la
conformación de los núcleos ejecutores con la participación de las organizaciones de
usuarios de agua y otras agrupaciones de particulares organizados para las intervenciones
en infraestructura, disponiéndose además que el Ministerio dictará los lineamientos
administrativos, técnicos y operativos para la ejecución de las intervenciones en el
mantenimiento de canales de riego y drenes de infraestructura hídrica; se creó un Grupo de
Trabajo Sectorial de carácter temporal, para conducir las labores de coordinación,
recomendación y articulación para la adecuada intervención de los núcleos ejecutores en el
mantenimiento de los canales de riego y drenes;
Que, por Resolución Ministerial N° 0121-2020-MINAGRI se aprobó el “Manual para
la Ejecución de Actividades de Mantenimiento de Canales de Riego y Drenes Bajo la
Modalidad de Núcleos Ejecutores”, con el objeto de establecer los lineamientos
administrativos, técnicos y operativos para el desarrollo de las actividades de mantenimiento
de canales de riego y drenes bajo la modalidad de núcleos ejecutores; así como, para la
rendición de cuentas de los recursos que serán asignados para su ejecución;
estableciéndose en el acápite 1 del numeral 5.1 de la sección 5 del acotado Manual, que el
Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego DVDIAR, es
responsable de emitir la Resolución Viceministerial que aprueba el listado de las Actividades
de Mantenimiento de Canales de Riego y Drenes (AMCDR) a ser ejecutadas por los Núcleos
Ejecutores;
Que, mediante Memorando Nº 232-2020-MINAGRI-DVDIAR/DGIAR-DG, de fecha
26 de mayo de 2020, la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego DGIAR
solicita al Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego -
DVDIAR la aprobación del “Primer Listado de Actividades de Mantenimiento de Canales de
Riego y Drenes”, el mismo que, conforme se refiere en el Informe N° 0101-2020-MINAGRI-
DVDIAR/DGIAR-DGJVGC de fecha 19 de mayo de 2020, incluye los montos máximos
considerados por cada actividad a realizar y comprende a veintidós (22) departamentos, con
un total de 4,126 actividades y cuya meta a ejecutar es de 16,844.79 km, por un monto total
de S/ 91 193 062,00 (Noventa y Un Millones Ciento Noventa y Tres Mil Sesenta y Dos y
00/100 Soles); y que, además cuenta con la aprobación del Grupo de Trabajo Sectorial
creado por Resolución Ministerial N° 0107-2020-MINAGRI según Acta de la III Reunión de
Trabajo de fecha 26 de mayo de 2020; por lo que se hace necesaria la aprobación del
acotado listado;
Con el visado de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego y de la
Oficina General de Asesoría Jurídica; y
De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI y sus
modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Aprobar el “Primer listado de Actividades de Mantenimiento de Canales
de Riego y Drenes”, el mismo que en anexo adjunto forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2. Publicar la presente Resolución y su anexo en el Portal Institucional del
Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri) en la misma fecha de publicación de
esta Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese
ANEXO: Primer listado de Actividades de Mantenimiento de Canales de Riego y Drenes
CODIGO
AMCRD
NOMBRE DE ACTIVIDAD
DEPARTAMENTO
PROVINCIA
META (KM).
PRESUPUESTO
ASIGNADO (S/.)
AMCRD-
0001
MANTENIMIENTO DE CANAL PAMPAS
AMAZONAS
BAGUA
0.75
2,993
AMCRD-
0002
MANTENIMIENTO DE CANAL UNIÓN
AMAZONAS
BAGUA
0.50
1,995
AMCRD-
0003
MANTENIMIENTO DE CANAL BIRMANIA
AMAZONAS
BAGUA
0.50
3,380
AMCRD-
0004
MANTENIMIENTO DE CANAL SAN ROQUE WATSON
AMAZONAS
BAGUA
1.00
8,905
AMCRD-
0005
MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA PRINCIPAL DE CANALES LA SIRENA Y
SHUAPE
AMAZONAS
BAGUA
7.50
29,925
AMCRD-
0006
MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA PRINCIPAL DE CANALES LIBERTAD Y
CEMENTERIO
AMAZONAS
BAGUA
7.50
29,925
AMCRD-
0007
MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA PRINCIPAL DE CANALES TOMA ALTA
Y TOMA BAJA
AMAZONAS
BAGUA
7.50
50,700
AMCRD-
0008
MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA PRINCIPAL DE CANALES
MONTERRICO, ATUNCASPE, UNION
AMAZONAS
BAGUA
11.25
76,050
AMCRD-
0009
MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA PRINCIPAL DE CANALES SAN
LORENZO
AMAZONAS
BAGUA
7.00
27,930
AMCRD-
0010
MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA PRINCIPAL DE CANALES EGIPTO
AMAZONAS
BAGUA
6.00
23,940
AMCRD-
0011
DESCOLMATACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA PRINCIPAL DEL CANAL LA
ESPERANZA
AMAZONAS
BAGUA
3.00
11,970
AMCRD-
0012
MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA PRINCIPAL DE CANALES GAVILÁN
AMAZONAS
BAGUA
7.00
27,930
AMCRD-
0013
DESCOLMATACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA PRINCIPAL DEL CANAL MOJON -
SAN JOSÉ
AMAZONAS
BAGUA
5.00
19,950
AMCRD-
0014
DESCOLMATACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA PRINCIPAL DEL CANAL SAN
MARTIN
AMAZONAS
BAGUA
2.00
7,980
AMCRD-
0015
DESCOLMATACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA PRINCIPAL DE CANALES LATERALES
ESPITAL Y ESPERANZA
AMAZONAS
BAGUA
7.00
27,930
AMCRD-
0016
MANTENIMIENTO DE CANAL ESPIRITUOSO
AMAZONAS
BAGUA
0.70
4,732
AMCRD-
0017
MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA PRINCIPAL DE CANAL PAGUILLAS Y
LIBERTAD
AMAZONAS
BAGUA
5.00
33,800
AMCRD-
0018
DESCOLMATACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA PRINCIPAL DEL CANAL SAN
SALVADOR
AMAZONAS
BAGUA
7.00
62,335
AMCRD-
0019
DESCOLMATACIÓN DE CANAL Y MANTENIMIENTO BOCATOMA LIMONYACU
BAJO
AMAZONAS
BAGUA
6.00
53,430
AMCRD-
0020
DESCOLMATACIÓN Y MANTENIMIENTO DE TOMAS LATERALES DE LA
INFRAESTRUCTURA DEL CANAL COMUNAL BAGUA
AMAZONAS
BAGUA
12.00
106,860
AMCRD-
0021
DESCOLMATACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA PRINCIPAL DE CANALES - PARTE
ALTA COMISIÓN DE REGANTES AMOJAO - LIMONYACU - CONDAVID
AMAZONAS
BAGUA
13.00
173,680
AMCRD-
0022
DESCOLMATACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DEL CANAL BRUJOPATA
AMAZONAS
BAGUA
5.00
66,800

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