Resolucion Nº 000667-2023/ GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GR. Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Fecha de publicación12 Enero 2024
SecciónSección Única
Autorizan viaje del Ministro de Comercio Exterior y Turismo a la Confederación Suiza y encargan su Despacho a la Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento

Tumbes, 20 de diciembre de 2023


VISTO:


El Memorando Nº 318-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-GR, de fecha 13 de diciembre de 2023; Oficio N° 001294-2023-CG/SGE, de fecha 11 de agosto de 2023; Memorando Nº 184-2023-GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-GR, de fecha 21 de agosto de 2023; Informe N° 113-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRI-SGO-JGT, del 28 de agosto de 2023; Informe N° 1799-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRI-SGO-SG; del 31 de agosto de 2023; Informe N° 2839-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRI-SGO-SG; del 23 de noviembre de 2023; Oficio N° 5312-2023-ANC-MP-J, del 26 de octubre de 2023; Oficio Circular N° 055-2023-ANC-MP-J, del 24 de noviembre de 2023; Informe Técnico N| 147-2023/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRPPAT-SGP-SG, del 06 de diciembre de 2023; Memorando Nº 143-2023/ GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-GR, de fecha 10 de julio de 2023; Oficio Nº 000974-2023-CG/SGE, de fecha 29 de mayo de 2023; y;


CONSIDERANDO:


Que, mediante Ley Nº 31358 Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, señala en su Artículo Primero Objeto de la Ley: que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones públicos privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de control, cuyos montos superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; destinando para su financiamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al financiamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; habilitando el rubro Control Concurrente dentro de la genérica de gasto 2.6 Adquisición de Activos No Financieros de la Categoría del Gasto de Capital, con cargo al presupuesto institucional de las entidades, como parte de la estructura de componentes a ejecutar.


Que, asimismo, en la citada Ley, señala que toda ejecución de cualquier iniciativa de contratación de bienes y servicios que no constituyan inversión, por parte de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del FONAFE, fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos convocados superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de...

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