Resolucion N° 00043-2023-CD/OSIPTEL. Declaran improcedente por extemporáneo el Recurso de Apelación presentado por ENTEL PERÚ S.A. contra la Resolución de Gerencia General N° 401-2022-GG/OSIPTEL

Fecha de publicación20 Marzo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 14 de marzo de 2023

VISTOS:

(i) El Recurso de Apelación interpuesto por la empresa ENTEL PERÚ S.A. (en adelante, ENTEL) contra la Resolución Nº 401-2022-GG/OSIPTEL, contra la Resolución N° 401-2022-GG/OSIPTEL, mediante la cual se le sancionó con una multa de ciento cincuenta (150) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) y se le impuso una medida correctiva, al no haber permitido, en los aplicativos informáticos (Web y/o móvil), la realización de determinados trámites y no haber incluido como mínimo en dichos aplicativos, en la sección de atención de solicitudes, la solicitud de facturación detallada y registro de llamadas entrantes.

(ii) El Informe Nº 022-OAJ/20231 del 31 de enero de 2023, de la Oficina de Asesoría Jurídica, que adjunta el proyecto de Resolución del Consejo Directivo que resuelve el Recurso de Apelación, y

(iii) El Expediente Nº 00026-2022-GG-DFI/PAS.

CONSIDERANDO:

I. ANTECEDENTES

1.1. Con carta N° 00547-DFI/2022, notificada el 11 de marzo de 2022, la Dirección de Fiscalización e Instrucción (en adelante, DFI) comunicó a ENTEL el inicio del presente procedimiento administrativo sancionador (en adelante, PAS) por la supuesta comisión de las infracciones tipificadas en el artículo 3 del Anexo 5 del TUO de las Condiciones de Uso, de acuerdo al siguiente detalle:

1.2. Mediante carta N° CGR-673/22, recibida el 18 de marzo de 2022, solicitó una prórroga del plazo para la presentación de sus descargos, sin embargo, la empresa mediante carta N° EGR-306/2022, recibida el 29 de marzo de 2022, presentó sus descargos.

1.3. El 11 de agosto de 2022, la DFI remitió a la Gerencia General el Informe Final de Instrucción N° 144-DFI/2022, a través del cual la DFI analizó los Descargos presentados por ENTEL en relación al PAS.

1.4. A través de la carta N° 00612-GG/2022, notificada el 18 de agosto de 2022 la Gerencia General, puso en conocimiento de la empresa operadora el Informe Final de Instrucción, otorgándole el plazo de cinco (5) días hábiles a efectos que presente los descargos que considere pertinentes.

1.5. Con carta N° EGR-513/2022-AER recibida el 25 de agosto de 2022 ENTEL presentó descargos al Informe Final de Instrucción.

1.6. Mediante Resolución de Gerencia General N° 401-2022-GG/OSIPTEL, de fecha 2 de diciembre de 2022, se resolvió:

(i) ARCHIVAR el PAS respecto al incumplimiento de dispuesto en los numerales (v), (vii) y (viii) del artículo 10-A del TUO de las Condiciones de Uso y el literal b) del numeral (i) del artículo 10-B de la referida...

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