Lima, 12 de abril de 2024
VISTOS:
El Memorando N° 00185-2024-GG-OSITRAN de la Gerencia General; el Informe N° 00131-2024-JGRH-GA-OSITRAN de la Jefatura de Gestión de Recursos Humanos; el Memorando N° 00798-2024-GA-OSITRAN de la Gerencia de Administración; el Memorando N° 0140-2024-GAJ-OSITRAN de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público y sus modificaciones, se creó el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - Ositrán, como organismo público encargado de normar, regular, supervisar, fiscalizar y resolver controversias respecto de los mercados relativos a la explotación de la infraestructura de transporte de uso público;
Que, por Decreto Supremo N° 012-2015-PCM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ositrán, con el fin de implementar las funciones de las instancias y órganos competentes del Ositrán, así como para promover una gestión eficiente, moderna, transparente y con enfoque de procesos y para resultados, cuyas decisiones institucionales sean predecibles;
Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, cuya implementación se realiza progresivamente, de acuerdo con las reglas de...