San Isidro, 28 de diciembre del 2023
VISTOS:
El Informe N° 1120-2023-SERNANP-DGANP de fecha 17 de octubre de 2023 y el Informe N° 1307-2023-SERNANP-DGANP de fecha 23 de noviembre de 2023, ambos emitidos por la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas; el Informe N° 00004-2023-SERNANP/OPP-SGD de fecha 30 de noviembre de 2023, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 000069-2023-SERNANP/OAJ-SGD de fecha 28 de diciembre de 2023, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la institución, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 68° de la Constitución Política del Perú, establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas;
Que, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente; ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), el mismo que se constituye en su autoridad técnico-normativa;
Que, el artículo 1° de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, señala que dichas áreas son espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y...