Resolución Nº 0003-2022-ANA de Autoridad Nacional del Agua, 07-01-2022

Número de resolución0003-2022-ANA
Número de expediente93807-2021
Fecha07 Enero 2022
MateriaProcedimiento administrativo sancionador
EmisorAutoridad Nacional del Agua (Perú)
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado de ANA, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S 070-2013-PCM y la
Tercera Disposición Complementaria Fina l del D.S 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden s er contrastadas a través de la siguiente dirección
web: Url:http://sisged.ana.gob.pe/consultas e ingresando la siguiente clave : 7D2B8 317
RESOLUCIÓN N° 0003-2022-ANA-TNRCH
Lima, 07 de enero de 2022
EXP. TNRCH
:
365-2021
CUT
:
93807-2021
IMPUGNANTE
:
Empresa Municipal de Servicios de
Abastecimiento de Agua Potable y
Alcantarillado de Abancay EPS
EMUSAP ABANCAY S.A.
MATERIA
:
Procedimiento administrativo
sancionador
ÓRGANO
:
AAA Pampas-Apurímac
UBICACIÓN
POLÍTICA
:
Distrito
:
Provincia
:
Departamento
:
SUMILLA:
Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Empresa Municipal de Servicios de Abastecimiento
de Agua Potable y Alcantarillado de Abancay - EPS EMUSAP ABANCAY S.A. contra la Resolución Directoral N°
217-2021-ANA-AAA.PA, debido a que dicha resolución ha sido emitida conforme a Ley.
1. RECURSO ADMINISTRATIVO Y ACTO IMPUGNADO
El recurso de apelación interpuesto por la Empresa Municipal de Servicios de
Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado de Abancay - EPS EMUSAP
ABANCAY S.A. (en adelante, EPS EMUSAP ABANCAY S.A.) contra la Resolución
Directoral N° 217-2021-ANA-AAA.PA emitida en fecha 18.03.2021 por la Autoridad
Administrativa del Agua Pampas-Apurímac, mediante la cual se le sancionó con una
multa de 4.5 UIT por efectuar vertimientos de aguas residuales en la quebrada
Chinchichaka, en el punto de coordenadas UTM (WGS 84) 8489262 mN - 726803 mE,
provenientes de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales PTAR ubicada en el
distrito y provincia de Abancay, departamento de Apurímac, lo que constituye la
infracción establecida en el numeral 9 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos
y en el literal d) del artículo 277° de su Reglamento.
2. DELIMITACIÓN DE LA PRETENSIÓN IMPUGNATORIA
La Empresa Municipal de Servicios de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado
de Abancay - EPS EMUSAP ABANCAY S.A. solicita que se declare fundado su recurso
de apelación interpuesto contra la Resolución Directoral N° 217-2021-ANA-AAA.PA.
Firmado digitalmente por RAMIREZ
PATRON Luis Eduardo FAU
20520711865 hard
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 13/01/2022
Firmado digitalmente por GUEVARA PEREZ
Edilberto FAU 20520711865 hard
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 13/01/2022
Firmado digitalmente por
REVILLA LOAIZA Francisco
Mauricio FAU 20520711865 hard
Motivo: Soy el autor del
documento
Fecha: 13/01/2022
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Tercera Disposición Complementaria Fina l del D.S 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden s er contrastadas a través de la siguiente dirección
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3. FUNDAMENTOS DEL RECURSO
La impugnante sustenta su recurso de apelación argumentando lo siguiente:
3.1. La resolución impugnada no se encuentra debidamente sustentada al no haberse
realizado una calificación objetiva de los hechos, ya que es falsa la imputación en
su contra porque no realizó vertimientos de aguas residuales en la quebrada
Chinchichaka de forma directa y voluntaria; en ese sentido, los hechos imputados
en su contra refieren al rebose de aguas residuales a causa de lluvias intensas.
3.2. No se aplicaron en forma debida los criterios de razonabilidad para calificar la
infracción sancionada.
3.3. Aun cuando comunicó que los puntos de vertimiento V-PY-191-3 Río Pachachaca
y V-PY-191-2 Quebrada Ñacchero con el Código RU-204; así como, el punto de
vertimiento V-PY-191-4 Río Pachachaca con el Código RU-151 se encontraban
en proceso de inscripción en el Registro Único de Proceso de Adecuación
Progresiva RUPAP, dicha situación no fue tomada en cuenta por la Autoridad
Administrativa del Agua Pampas-Apurímac en el momento de establecer la
sanción administrativa.
4. ANTECEDENTES RELEVANTES
Actuaciones previas al inicio del procedimiento administrativo sancionador
4.1. En fecha 06.02.2020, la Administración Local de Agua Medio Apurímac-
Pachachaca realizó una inspección de supervisión en la Planta de Tratamiento de
Aguas Residuales PTAR ubicada en el distrito y provincia de Abancay,
departamento de Apurímac, en mérito de la cual se emitió el Acta de Verificación
Técnica de Campo, consignando lo siguiente:
“Me constituí en inmediaciones de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales –
PTAR de la ciudad de Abancay, la PTAR se encuentra paralizada sin
funcionamiento.
En el lugar observamos el vertimiento de las aguas residuales que salen de un
costado del cerco perimétrico de la PTAR que da hacia la cuneta de la vía
Panamericana Abancay-Chalhuanca, procedemos a recorrer el lugar, en
coordenadas UTM (WGS 84) 8489490 mN 726753 mE se me observa el
vertimiento de aguas residuales hacia la cuneta con un caudal de 1l/s, seguimos el
trayecto de las aguas y en coordenadas UTM (WGS 84) 8489462 mN - 726777 mE
se me aprecia el segundo vertimiento de las aguas residuales con un caudal aprox
de 4 l/s, continuamos con el trayecto de las aguas residuales que recorren la cuneta
hasta llegar a un by pass ubicado en coordenadas UTM (WGS 84) 8489296 mN
726783 mE, por donde pasan las aguas residuales hasta llegar en la quebrada
Chinchichaka.
En coordenadas UTM (WGS 84) 8489262 mN 726803 mE, observamos que las
aguas residuales llegan hacien la quebrada Chinchichaka, con un caudal de 5 l/s
aprox ingresando directamente hacia la mencionada quebrada.
Procedemos a desplazarnos hacia el sector de Pachachaca Baja, en coordenadas
UTM (WGS 84) 8488870 mN 725551 mE, se observa una infraestructura de
concreto, un canal de riego de 50 x 50 cm que capta las aguas del río Mariño, a 50
m de esta captación se produce la confluencia de la quebrada Ñacchero, donde
vierte la empresa EMUSAP las aguas residuales a la mencionada quebrada sin
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PATRON Luis Eduardo FAU
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Fecha: 13/01/2022
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Edilberto FAU 20520711865 hard
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 13/01/2022
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REVILLA LOAIZA Francisco
Mauricio FAU 20520711865 hard
Motivo: Soy el autor del
documento
Fecha: 13/01/2022

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