Lima, 27 de octubre de 2023
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución de Superintendencia N° 138-2002/SUNAT se regula la presentación de declaraciones mediante el Programa de Declaración Telemática (PDT) para los sujetos perceptores de rentas de cuarta categoría, aprobándose para tal efecto el Formulario Virtual N° 616-PDT Trabajadores Independientes, cuya última versión 1.6 fue aprobada por la Resolución de Superintendencia N° 032-2015/SUNAT;
Que, para facilitar la presentación de declaraciones y la realización de los pagos a cuenta mensuales del Impuesto a la Renta de cuarta categoría, la Resolución de Superintendencia N° 174-2011/SUNAT aprobó el Formulario Virtual N° 616-Simplificado Trabajadores Independientes, como medio alternativo al PDT Trabajadores Independientes, el cual puede ser usado por los sujetos que cumplan con lo señalado en el artículo 4 de la citada resolución, entre otro, que no necesiten consignar información relativa a créditos o saldos a favor, lo que sustentaba su carácter simplificado;
Que, conforme a la normativa vigente, los sujetos perceptores de rentas de cuarta categoría tienen, con carácter definitivo, la calidad de emisores electrónicos y, por ende, deben emitir...