San Isidro, 16 de noviembre del 2023
VISTOS:
El Informe Nº 0039-2023-ITP/CITECUEROCALZADO-AREQUIPA de fecha 04 de octubre de 2023, el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Textil Cuero Calzado Arequipa – CITEcuero calzado Arequipa; el Memorando Nº 0585-2023-ITP/DEDFO de fecha 06 de octubre de 2023, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE; el Memorando Nº 2375-2023-ITP/OA de fecha 11 de octubre de 2023, y el Memorando Nº 2450-2023-ITP/OA de fecha 17 de octubre de 2023, de la Oficina de Administración; el Memorando Nº 2109-2023-ITP/OGRRHH de fecha 13 de octubre de 2023, de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos; el Memorando Nº 6755-2023-ITP/OPPM de fecha 18 de octubre de 2023, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 500-2023-ITP/OAJ de fecha 13 de noviembre de 2023, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, establece que los CITE públicos del Sector Producción son órganos desconcentrados del ITP, encargados de contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de las actividades de capacitación y asistencia técnica, asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica, investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actoras/es estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda;
Que, el artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, señala que los CITE públicos realizan sus intervenciones a través de servicios de (i) Transferencia Tecnológica, (ii) Capacitación en temas de producción, gestión, comercialización, tecnología, proveedores, mercados, tendencias, entre otros; (iii) Investigación, desarrollo e innovación; y, (iv) Difusión de información;
Que, el numeral 44.2 del artículo 44 y el artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, dispone que los ingresos propios provenientes del desarrollo de las actividades que realiza el ITP, así como de los Centros de Innovación Productiva y...