Resolución Nº 000184-2018-JNE de Jurado Nacional de Elecciones, 22-03-2018

Fecha de publicación19 Abril 2018
Fecha22 Marzo 2018

Expediente N.° J-2017-00491

CERTIFICACIÓN DE AUTENTICIDAD DE FIRMAS

Lima, veintidós de marzo de dos mil dieciocho

VISTO el expediente respecto a la certificación de autenticidad de firmas de adherentes, promovida por Edwin Dionisio Derteano Dyer.

ANTECEDENTES

Con fecha 13 de diciembre de 2017, Edwin Dionisio Derteano Dyer (fojas 1 y 2), en su calidad de promotor, solicitó la certificación de firmas de adherentes para dar inicio al proceso de acción de inconstitucionalidad en contra de la Ordenanza N.° 2015, publicada en el diario oficial El Peruano el 21 de diciembre de 2016, emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante la cual se modifican algunos aspectos de la Ordenanza N.° 341 que aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de Lima, respecto a las vías expresas. En tal sentido, presentó seiscientos ochenta y ocho (688) planillones y dos (2) discos compactos, de firmas de adherentes para su respectiva comprobación de autenticidad.

Por medio del Oficio N.° 00076-2018-SG/JNE, de fecha 9 de enero de 2018 (fojas 36), se remitió la documentación pertinente al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), para el respectivo cotejo. Sin embargo, la información contenida en los planillones y en los discos compactos fue objeto de observación (fojas 38); situación que, el 22 de enero del presente año, a través del Oficio N.° 00154-2018-SG/JNE, se puso en conocimiento del promotor, siendo devueltos el 31 de enero del año en curso (fojas 39).

El 5 de febrero de 2018 (fojas 43), luego de subsanar las observaciones, el promotor presentó seiscientos ochenta y ocho (688) planillones y dos (2) discos compactos, los cuales, por medio del Oficio N.° 00374-2018-SG/JNE, se remitieron al Reniec para el trámite de verificación (fojas 46).

A través del Oficio N.° 000170-2018/SGEN/RENIEC (fojas 47), recibido el 21 de febrero de 2018, se remite el Informe N.° 000075-2018/GRE/SGVFATE/RENIEC (fojas 48 y 49), por el cual se detallan las observaciones a la documentación física y óptica que el promotor presentó anexa a su solicitud de certificación de firmas para su subsanación; situación que, mediante el Oficio N.° 00758-2018-SG/JNE es puesta en su conocimiento el 27 de febrero del año en curso; en tanto que la documentación le es devuelta el mismo día (fojas 53).

El 28 de febrero de 2018...

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