San Borja, 11 de octubre del 2023
VISTOS:
El Acuerdo N° 056-2023 del Consejo Directivo; el Informe N° 000550-2023-ORH/INDECOPI de la Oficina de Recursos Humanos; el Informe N° 000646-2023-OAJ/INDECOPI y el Memorándum N° 001647-2023-OAJ/INDECOPI de la Oficina de Asesoría Jurídica; el Memorándum N° 000519-2023-GEG/INDECOPI de la Gerencia General; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, se establece que éste es un organismo público especializado con personería jurídica de derecho público interno, que goza de autonomía funcional, técnica, económica, presupuestal y administrativa, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, y rige su funcionamiento de acuerdo con las disposiciones contenidas en la citada norma y en sus normas complementarias y reglamentarias;
Que, el literal d) del artículo 5 de la precitada Ley, en concordancia con el literal e) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por Resolución N° 000063-2021-PRE/INDECOPI, establecen que es...