Resolucion N° 000041-2023-DV-PE. Modifican el artículo 1º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000001-2023-DV-PE

Fecha de publicación24 Febrero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Miraflores, 24 de febrero del 2023

VISTA:

La Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000037-2023-DV-PE de fecha 22 de febrero de 2023; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, aprobada por Decreto Legislativo Nº 824 y modificada por las Leyes Nº 27629, Nº 28003 y Decreto Legislativo Nº 1241, se determinaron la naturaleza jurídica y las funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, el mismo que determina y regula las competencias, funciones y estructura orgánica de la Institución;

Que, el artículo 9 del citado Reglamento dispone que la Presidencia Ejecutiva es el órgano de la Alta Dirección que constituye la máxima autoridad ejecutiva, estableciendo que el/la Presidente/a Ejecutivo/a es el/la Titular del Pliego y ejerce funciones ejecutivas y de representación institucional de la Entidad;

Que, el literal a) del artículo 10 del mismo Reglamento indica que es función y/o atribución de la Presidencia Ejecutiva, conducir y supervisar el adecuado funcionamiento de la Entidad, definiendo las políticas de dirección y supervisión para la marcha de la entidad y representarla en la firma de todos los compromisos institucionales, pudiendo delegar esta atribución; mientras que el literal r) del antedicho artículo también establece como función y/o atribución de la Presidencia Ejecutiva el emitir Resoluciones y Directivas vinculadas a la conducción de la Entidad;

Que, asimismo, el literal o) del precitado artículo, señala que, entre sus funciones y/o atribuciones, la Presidencia Ejecutiva puede otorgar los poderes que considere necesarios, pudiendo además delegar, en concordancia con la normatividad vigente, una o más de sus funciones al/a la Secretario/a General (hoy Gerente General) o a otros/as funcionarios/as, excepto la de Presidente/a del Consejo Directivo;

Que, el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones, establece que la Secretaría General (hoy Gerencia General) es el órgano de Alta Dirección que constituye la máxima autoridad administrativa de la Entidad, así como nexo de coordinación entre la Presidencia Ejecutiva y los Órganos de Asesoramiento y Apoyo, y tiene entre sus funciones, aquellas que le asigne la Presidencia Ejecutiva en el ámbito de su competencia;

Que, el literal o) del artículo 51 del referido Reglamento señala que, es función de las Oficinas Zonales, suscribir Acuerdos y/o Compromisos Institucionales en representación del Titular de la Entidad, previa autorización expresa;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 043-2019-DV-PE, se aprobó el Manual de Operaciones de la Oficina Zonal de San Francisco -Unidad Ejecutora 006 “Unidad de gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM”, modificado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 131-2019-DV-PE;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000037-2023-DV-PE de fecha 22 de febrero de 2023, se modificó tanto el contenido como la denominación del mencionado Manual de Operaciones, ahora “Manual de Operaciones de la Oficina Zonal de San Francisco - Unidad Ejecutora 006-1715 “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible VRAEM””; con la finalidad de establecer las funciones, estructura orgánica y principales procesos, que contribuirán a la entrega de bienes y servicios para los beneficiarios de las actividades, proyectos y programas ejecutados por la Oficina Zonal de San Francisco - Unidad Ejecutora 006-1715 “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible VRAEM”, en el marco de la Política Nacional contra las Drogas al 2030 y otras políticas relacionadas;

Que, el artículo 7 del referido Manual de Operaciones señala que la Coordinación Ejecutiva es la más alta autoridad del nivel directivo, encargada de dirigir, coordinar y supervisar el funcionamiento y desempeño de la Oficina Zonal de San Francisco y la Unidad Ejecutora 006-1715 “Unidad de Gestión de Apoyo al Desarrollo Sostenible del VRAEM”; así como supervisar las funciones de las unidades de organización, apoyo, asesoramiento y línea y depende jerárquicamente de la Dirección de Articulación Territorial;

Que, el artículo 13 del Manual de Operaciones establece que la Unidad de Administración se encarga de...

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