Resolucion N° 000039-2024-PROMPERU/GG. Aprueban la incorporación del Servicio N° 7 “Fortalecimiento de capacidades para empresas turísticas”, Versión 01, Sección: Dirección de Promoción del Turismo, en la Carta de Servicios de PROMPERÚ

Fecha de publicación19 Abril 2024
SecciónSección Única
Designan Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI

San Isidro, 15 de abril del 2024


VISTOS: El Informe N° 011-2024-PROMPERÚ/DT-SIT de la Subdirección de Inteligencia y Prospectiva Turística de la Dirección de Promoción del Turismo, el Memorando Nº 213-2024-PROMPERU/DT de la Dirección de Promoción del Turismo, el Informe N° 026-2024-PROMPERÚ/GG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 168-2024-PROMPERÚ/GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica.


CONSIDERANDO:


Que, según el artículo 2 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, la entidad es competente para formular, aprobar y ejecutar estrategias y planes de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, de conformidad con las políticas, estrategias y objetivos sectoriales; además, en el artículo 4 de la citada Ley, se establece como una de sus funciones la de “desarrollar, gestionar y supervisar la ejecución de las actividades de promoción, inteligencia comercial e investigación de mercados, gestión de información, orientación, asistencia y capacitación empresarial, en materia de exportaciones, turismo e imagen país, a nivel nacional e internacional”;


Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala en el numeral 43.4 de su artículo 43 que “para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”;


Que, el Decreto Supremo N° 088-2001-PCM, faculta a las Entidades del Sector Público a desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, precisándose en su artículo 2 que el Titular de la Entidad, mediante Resolución, establecerá la descripciones de los bienes y servicios objeto de comercialización por parte de la Entidad, entre otros; estableciéndose que toda modificación a dicha resolución, deberá aprobarse por Resolución del Titular y publicarse en el diario oficial El Peruano;


Que, por Resolución de Secretaría General Nº 178-2015- PROMPERÚ/SG y modificatorias, se aprobó la Carta de Servicios de PROMPERÚ, como documento de gestión que contiene la descripción de los servicios no exclusivos brindados por PROMPERÚ, así como las condiciones y limitaciones para su prestación, incluyendo el precio de venta y descuentos en los servicios que corresponden;


Que, a través del literal f) del artículo 64 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, la Subdirección de Inteligencia y Prospectiva Turística de la Dirección de Promoción del Turismo, tiene como una de sus funciones el formular, proponer, organizar, difundir y supervisar el desarrollo de programas de capacitación y asistencia técnica en materia de inteligencia y mercado turístico, dirigidos a los prestadores de servicios turísticos nacionales, específicamente las pequeñas y medianas empresas, de tal manera que, contribuyan al desarrollo de la competitividad en la comercialización de los destinos turísticos;


Que, mediante documento de Vistos, la Subdirección de Inteligencia y Prospectiva Turística, a conformidad de la Dirección de Promoción del Turismo según el Memorándum N° 213-2024-PROMPERÚ/DT, recomienda la inclusión en la Carta de Servicios de PROMPERÚ el servicio denominado “Fortalecimiento de capacidades para empresas del rubro turístico”, a través del cual se fortalezcan las habilidades comerciales de los representantes de las empresas, en las áreas temáticas de innovación y estrategia, marketing digital, alimentos y bebidas, sostenibilidad, entre otros; siendo que, a través de dicho servicio, se busca brindar mayores herramientas, fomentar la reactivación del sector y llegar a un mayor número de empresas beneficiarias a nivel nacional;


Que, según el literal f) del artículo 22 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERÚ/PE, corresponde a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, conducir y supervisar el proceso de formulación y actualización de políticas, directivas, procedimientos, manuales y otros documentos necesarios para la gestión institucional;


Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe de Vistos, propone se realice la aprobación de la incorporación del servicio Nº 7 “Fortalecimiento de capacidades para empresas turísticas”, Versión 01, Sección: Dirección de Promoción del Turismo; en la cual se incluye el Anexo N° 4 denominado “Cursos disponibles para el fortalecimiento de capacidades para empresas turísticas”;


Que, a través del documento de Vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta viable la emisión del acto administrativo que apruebe la propuesta realizada por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;


De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Decreto Supremo N° 088-2011-PCM; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 001-2024-PROMPERÚ/PE y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 032-2024-PROMPERÚ/PE;


Con el visto bueno de la Subdirección de Inteligencia y Prospectiva Turística, de la Dirección de Promoción del Turismo, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Asesoría Jurídica;


SE RESUELVE:


Artículo 1.- Aprobar la...

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