Lima, 10 de noviembre de 2023
CONSIDERANDO:
Que por Resolución de Superintendencia N° 000112-2021/SUNAT (Resolución), modificada por la Resolución de Superintendencia N° 000040-2022/SUNAT, se aprueba el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), conformado por el Módulo para el llevado del Registro de Ventas e Ingresos de manera electrónica (RVIE) y el Módulo para el llevado del Registro de Compras de manera electrónica (RCE), a fin de que todo aquel sujeto obligado a llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras (registros) de acuerdo con la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, lo haga de manera conjunta a través de dicho sistema;
Que, de conformidad con los artículos 3, 4 y 5 de la Resolución, la obligación de llevar los registros en el SIRE se viene realizando de forma progresiva. Así, los sujetos comprendidos en el anexo N° 7 de la Resolución están obligados a llevar el RVIE en el módulo RVIE desde el periodo noviembre 2021 y el RCE en el módulo RCE desde el periodo julio 2023, mientras que aquellos sujetos que hubieran adquirido la obligación de llevar los registros en el SLE - PLE o SLE – Portal en los períodos julio, agosto, setiembre, octubre,...