Lima, 12 de enero de 2024
VISTOS: El Memorando Nº 000134-2023-SERVIR-PE de la Presidencia Ejecutiva; el Informe Técnico Nº 000064-2023-SERVIR-GG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 000001-2024-SERVIR-GG de la Gerencia General; el Informe Legal Nº 000002-2024-SERVIR-GG-OAJ y Hoja Informativa Nº 000002-2024-SERVIR-GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023, se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, como Organismo Técnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos;
Que, el artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente, precisando que procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad. Asimismo, señala que son indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justifican su...