Resolucion ministerial N° D000206-2023-MIDIS. Declaran en reorganización administrativa el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, acción orientada a realizar una evaluación integral de sus procesos críticos

Fecha de publicación06 Noviembre 2023
SecciónSección Única
Autorizan viaje de representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a la Confederación Suiza, en comisión de servicios

San Isidro, 3 de noviembre del 2023


VISTOS:


El Informe N° D000080-2023-MIDIS-SG emitido por la Secretaría General; el Proveído N° D001517-2023-MIDIS-DM emitido por el Despacho Ministerial; el Informe N° D000367-2023-MIDIS-OGPPM emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° D000587-2023-MIDIS-OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,


CONSIDERANDO:


Que, la Ley Nº 29792, Ley que crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determina su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la población en situación de vulnerabilidad y pobreza, promueve el ejercicio de sus derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de sus propias capacidades, garantizando su inclusión en el desarrollo nacional;


Que, conforme al artículo 6 de la Ley N° 29792, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social es el organismo rector de las políticas nacionales de su responsabilidad, por lo que es competente, entre otros, para realizar el seguimiento, monitoreo y evaluación respecto del desempeño y logros alcanzados por las políticas, planes y programas en materia de desarrollo e inclusión social en los niveles nacional, regional y local, así como tomar las medidas correspondientes;


Que, en virtud del numeral 1.1. del artículo 1 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;


Que, asimismo, el artículo 4 de la Ley N° 27658 señala que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;


Que, conforme al literal a) del artículo 3 del Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 123-2018-PCM, dicho Sistema Administrativo tiene como uno de sus principios la orientación hacia el ciudadano, por lo cual las intervenciones de las entidades públicas, según su naturaleza, se diseñan e implementan a partir de la identificación de las necesidades y expectativas de los ciudadanos;


Que, por su parte, conforme al numeral 38.2 del artículo 38 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública específica, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenecen;


Que, el numeral 38.5 del artículo 38 de la Ley Nº 29158, dispone que en el marco de los procesos de modernización y de descentralización del Estado, la Presidencia del Consejo de Ministros evalúa a los Programas y Proyectos Especiales a fin de determinar la necesidad de su continuidad;


Que, mediante Decreto Supremo Nº 143-2021-PCM se aprueba el “Procedimiento de evaluación de continuidad de Organismos Públicos Ejecutores, Programas y Proyectos Especiales del Poder Ejecutivo” (en adelante, el Procedimiento), el cual tiene por finalidad promover la eficiencia y eficacia de las entidades del Poder Ejecutivo y un mejor uso del gasto público al orientar su desempeño al logro de resultados, a través de la evaluación de su continuidad que permita adoptar mejoras en su gestión o implementar mecanismos de reforma, según corresponda, sustentados en evidencia;


Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 00013-2021-PCM/SGP se aprueba la Metodología de evaluación de continuidad de Organismos Públicos Ejecutores, Programas y Proyectos Especiales del Poder Ejecutivo (en adelante, la Metodología de evaluación), la cual tiene por finalidad establecer la metodología a aplicar en cada una de las tres etapas del Procedimiento;


Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS y sus modificatorias, se crea el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma como programa social del Estado a...

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