San Isidro, 12 de marzo del 2024
VISTOS:
El Informe de Trabajo N° D000012-2024-MIDIS-OGA-BVB de fecha 07 de marzo de 2024, emitido por la Coordinadora del Equipo de Homologación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Informe N° D000044-2024-MIDIS-OGA de fecha 07 de marzo de 2024, emitido por la Oficina General de Administración; el Informe N° D000107-2024-MIDIS-OGAJ de fecha 11 de marzo de 2024, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, asimismo, se establece que constituye un organismo con personería jurídica de derecho público y pliego presupuestal;
Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF (en adelante, LCE), señala que “Los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación; debiendo elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas - Perú Compras. Una vez aprobadas las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley, inclusive para...