San Isidro, 5 de enero del 2024
VISTOS:
El Informe N° D000002-2024-MIDIS-DCMG emitido por la Dirección de Calidad y Mejora Continua de la Gestión de las Prestaciones Sociales; el Memorando N° D000002-2024-MIDIS-DGCGPS emitido por la Dirección General de Calidad de la Gestión de las Prestaciones Sociales; el Informe N° D000003-2024-MIDIS-DGDAPS de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales; el Informe N° D000003-2024-MIDIS-DDPS de la Dirección de Diseño de las Prestaciones Sociales; el Informe N° D000002-2024-MIDIS-DGSE de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación; el Memorando N° D000004-2024-MIDIS-VMPS emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Memorando N° D000003-2024-MIDIS-VMPES emitido por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Informe N° D000001-2024-MIDIS-OGPPM emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° D000004-2024-MIDIS-OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 29792 crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), determinando su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculadas con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad, que tiene la finalidad de mejorar la calidad de vida de la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinación y articulación con las diversas entidades del sector público, el sector privado y la sociedad civil, así como en su Tercera Disposición Complementaria Final establece la adscripción a dicho Ministerio, entre otros, del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES;
Que, mediante Resolución Ministerial N°...