RESOLUCION MINISTERIAL N° 974-2014/MINSA - Modifican la Directiva Administrativa N° 191-MINSA/SG-V.02 “Directiva que regula el Procedimiento de Selección de Candidatos a Personal Altamente Calificados a ser contratados en el Ministerio de Salud y en los Organismos Públicos Adscritos'

EmisorSALUD
Fecha de la disposición17 de Diciembre de 2014
El Peruano
Miércoles 17 de diciembre de 2014 539977
0Visto el Expediente N° 13-078641-001, que contiene
el Memorándum N° 4275-2014-DGSP/MINSA, de la
Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio
de Salud;
CONSIDERANDO:
Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la
salud es condición indispensable del desarrollo humano
y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual
y colectivo; por lo que la protección de la salud es de
interés público y por tanto es responsabilidad del Estado
regularla, vigilarla y promoverla;
Que, el literal a) del artículo 5 del Decreto Legislativo N°
1161 dispone como función rectora del Ministerio de Salud
formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y
evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de
la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y
Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable
a todos los niveles de gobierno, así como “Dictar normas
y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y
supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, (…)”,
conforme se desprende del literal b) del referido artículo
de la mencionada Ley;
Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley N°
30020, crea el Plan Nacional para la Enfermedad
de Alzheimer y Otras Demencias, para promover
un sistema de atención integral de salud, servicios
sociales e investigación básica y aplicada que permita
afrontar la atención a las personas que sufran de estas
enfermedades; para prevenir, mejorar la evaluación y
el diagnóstico, brindar tratamiento y rehabilitación, así
como para prestar orientación y asistencia a familiares
directos y cuidadores de los pacientes que sufren de
estas enfermedades;
Que, la Primera Disposición Complementaria
Transitoria de la precitada Ley establece que el Poder
Ejecutivo reglamenta la misma;
Que, el numeral 3 del artículo 13 de la Ley N°
29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que
los proyectos de reglamento se publican en el portal
electrónico respectivo por no menos de cinco (5) días
calendario, para recibir aportes de la ciudadanía, cuando
así lo requiera la Ley;
Que, a efecto de recibir las sugerencias y
comentarios de las entidades públicas o privadas, así
como de la ciudadanía en general, resulta conveniente
prepublicar el proyecto de Reglamento de la Ley N°
30020, en el portal institucional del Ministerio de
Salud;
Estando a lo propuesto por la Dirección General de
Salud de las Personas;
Con la visación del Director General de la Dirección
General de Salud de las Personas, de la Directora
General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, del
Viceministro de Salud Pública y de la Viceministra de
Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer que la Ofi cina General de
Comunicaciones efectúe la prepublicación del proyecto
de Reglamento de la Ley N° 30020, Ley que crea el
Plan Nacional para la Enfermedad de Alzheimer y Otras
Demencias, en el Portal Institucional del Ministerio de
Salud, en el enlace de normas legales: http://www.
minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp; y, en el
enlace de documentos en consulta http://www.minsa.
gob.pe/portada/docconsulta.asp, a efecto de recibir las
sugerencias y comentarios de las entidades públicas o
privadas, así como de la ciudadanía en general, durante
el plazo de cinco (5) días calendarios, a través del correo
webmaster@minsa.gob.pe.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección General
de Salud de las Personas, a través de la Dirección
de Salud Mental, la recepción, procesamiento y
sistematización de las sugerencias y comentarios que
se presenten.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANIBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
1178493-1
Modifican la Directiva Administrativa
N° 191-MINSA/SG-V.02 “Directiva que
regula el Procedimiento de Selección
de Candidatos a Personal Altamente
Calificados a ser contratados en el
Ministerio de Salud y en los Organismos
Públicos Adscritos”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 974-2014/MINSA
Lima, 16 de diciembre del 2014
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de lo establecido en la Ley N° 29806,
Ley que regula la contratación de personal altamente
califi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones,
y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N°
016-2012-EF, se aprobó mediante Resolución Ministerial
N° 174-2013/MINSA, la Directiva Administrativa N° 191-
MINSA/SG-V.02 “Directiva que regula el Procedimiento
de Selección de Candidatos a Personal Altamente
Califi cados a ser contratados en el Ministerio de Salud
y en los Organismos Públicos Adscritos”, la misma que
fue modifi cada mediante la Resolución Ministerial N° 033-
2014/MINSA;
Que, a fi n de viabilizar la operatividad de la mencionada
Directiva Administrativa, resulta necesario efectuar
algunas precisiones a la misma;
Con el visado del Director General de la Ofi cina
General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora
General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos
Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General
de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y,
De conformidad con lo establecido en el Decreto
Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Modifi car el segundo párrafo del literal
a) del numeral 6.2.3 y el primer párrafo del numeral 6.3.8
de la Directiva Administrativa N° 191-MINSA/SG-V.02
“Directiva que regula el Procedimiento de Selección
de Candidatos a Personal Altamente Califi cados a ser
contratados en el Ministerio de Salud y en los Organismos
Públicos Adscritos”, conforme a los siguientes términos:
“6.2.3 La Comisión de Alto Nivel, en base a las
propuestas remitidas por la Secretaría General, solicita:
a) (…).
En caso que, respecto de algún puesto identifi cado
no se contemple metas, indicadores y logros en el POI
aprobado para el ejercicio fi scal en el que se prestará el
servicio, o en defecto del mismo, la Ofi cina General de
Planeamiento y Presupuesto - OGPP podrá señalar las
metas y logros que se espera conseguir con la contratación
del personal altamente califi cado.”
“6.3.8 El Ministro de Salud procederá a solicitar
a la Unidad Transitoria de Pago del Fondo de Apoyo
Gerencial del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF,
la contratación respectiva como profesional altamente
califi cado, incluyendo en su contrato las metas, indicadores
y logros establecidos para dicho puesto.”
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
1178493-2

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