Resolucion ministerial Nº 801-2023/MINSA. Establecen medida excepcional y por única vez en proceso de adjudicación de plazas SERUMS 2023-II

Fecha de publicación25 Agosto 2023
SecciónSección Única
3
NORMAS LEGALES
Viernes 25 de agosto de 2023
El Peruano
/
SALUD
Establecen medida excepcional y por única
vez en proceso de adjudicación de plazas
SERUMS 2023II
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 801-2023/MINSA
Lima, 25 de agosto del 2023
Vistos; los Expedientes N°s. DIGEP020230000456
y DIGEP020230000461, que contienen el Informe
N° D000021-2023-DIGEP-DIPLAN-GMO-MINSA y el
Memorándum N° D001373-2023-DIGEP-MINSA de la
Dirección General de Personal de la Salud, así como el
Informe N°D000897-2023-OGAJ/MINSA de la Ocina
General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 7) del artículo 3 del Decreto
Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Salud, establece que
es ámbito de competencia del Ministerio de Salud los
Recursos Humanos en Salud; asimismo, el literal h)
del artículo 5 del citado Decreto Legislativo, modicado
por el Decreto Legislativo N° 1054, establece que es
función rectora del Ministerio de Salud, el dictar normas
y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y
supervisión de las políticas nacionales y sectoriales
de salud, la gestión de los recursos del sector, así
como el otorgamiento y reconocimiento de derechos,
scalización, sanción y ejecución coactiva en las
materias de su competencia;
Que, el artículo 1 de la Ley N° 23330, Ley del
Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud-SERUMS,
establece que el SERUMS será prestado por los
profesionales de las ciencias de la salud que obtengan
su título a partir de la vigencia de la citada Ley, siendo
este servicio requisito indispensable para ocupar
cargos en entidades públicas, ingresar a los programas
de segunda especialización profesional y recibir del
Estado beca u otra ayuda equivalente para estudios o
perfeccionamiento;
Que, el artículo 114 y literal k) del artículo 115 del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-
SA y modicatorias, establece que la Dirección General
de Personal de la Salud es un órgano de línea que
depende del Despacho Viceministerial de Prestaciones
y Aseguramiento en Salud, competente para proponer
y monitorear la planicación, gestión y desarrollo del
personal de la salud a nivel sectorial; y tiene entre sus
funciones, conducir el desarrollo del Servicio Rural
y Urbano Marginal de Salud, así como realizar su
seguimiento y monitoreo;
Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 005-97-SA
señala que por Resolución Ministerial se aprobarán las
disposiciones complementarias y las modicaciones al
Reglamento de la Ley N° 23330, Ley del Servicio Rural y
Urbano Marginal de Salud – SERUMS;
Que, mediante el Informe N° D000021-2023-DIGEP-
DIPLAN-GMO-MINSA, la Dirección General de Personal
de la Salud sustenta la necesidad de establecer de
manera excepcional y por única vez que, para el proceso
SERUMS 2023- II, el postulante que haya rendido el
examen nacional de la carrera profesional correspondiente
y no cumpla con el requisito establecido en el literal c)
del artículo 23 del Reglamento de la Ley del SERUMS,
podrá inscribirse y participar de la adjudicación de plazas
SERUMS remuneradas y/o equivalentes, en estricto
orden de mérito;
Con el visado de la Dirección General de Personal
de la Salud, de la Ocina General de Asesoría Jurídica
y del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en
Salud, y;
De conformidad con lo previsto en el Decreto
Legislativo Nº 1161 y modicatorias, que aprueba la Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; el
Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modicatorias, que
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Salud, y el Decreto Supremo Nº 005-
97-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 23330,
Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud-
SERUMS;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Inscripción al proceso de
adjudicación de plazas SERUMS 2023-II
De manera excepcional y por única vez para el
proceso SERUMS 2023- II, el postulante que haya
rendido el examen nacional de la carrera profesional
correspondiente y no cumpla con el requisito establecido
en el literal c) del artículo 23 del Reglamento de la Ley del
SERUMS, podrá inscribirse y participar de la adjudicación
de plazas SERUMS remuneradas y/o equivalentes, en
estricto orden de mérito.
A partir del Proceso SERUMS 2024-I, los postulantes
al SERUMS, deben cumplir, de manera obligatoria,
con los requisitos establecidos en el artículo 23 del
Reglamento de la Ley del SERUMS, aprobado mediante
Decreto Supremo N° 005-97-SA, siendo el incumplimiento
de alguno de ellos, causal de nulidad de inscripción al
proceso.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ
Ministro de Salud
2209163-1
VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN
Y SANEAMIENTO
Autorizan Transferencia Financiera a favor
de la Contraloría General, para inanciar
acciones de control concurrente de tres
inversiones
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 388-2023-VIVIENDA
Lima, 25 de agosto de 2023
VISTOS:
Los Ocios 001021-2023-CG/SGE y
001034-2023-CG/SGE de la Contraloría General de la
República; el Memorándum N° 1514-2023-VIVIENDA/
OGPP de la Ocina General de Planeamiento y
Presupuesto; el Informe N° 402-2023-VIVIENDA/
OGPP-OP de la Ocina de Presupuesto; el Informe N°
782-2023-VIVIENDA/OGAJ de la Ocina General de
Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Ley N° 31638, Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2023, mediante la Resolución Ministerial N°
381-2022-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto
Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al
Año Fiscal 2023 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 3 729
888 935,00 (TRES MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE
MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL
NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 SOLES),
por toda fuente de nanciamiento;
Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley N°
31358, Ley que establece medidas para la expansión
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 25/08/2023 20:46

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