RESOLUCION MINISTERIAL N° 739-2014 MTC/03 - Otorgan a Súper Cable TV S.A.C. concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la República del Perú
Emisor | TRANSPORTES Y COMUNICACIONES |
Fecha de la disposición | 31 de Octubre de 2014 |
El Peruano
Viernes 31 de octubre de 2014 536407
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar al señor FREDDY ANTONIO
RAMOS DIAZ, en el cargo de Director General, Nivel
Remunerativo F-5, de la Dirección General de Derechos
Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
1157736-2
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Reclasifican la Jerarquía de las Rutas
Departamentales o Regionales Nº LM-
116 (Tramo), Ruta Nº JU-101 (Tramo) y
la Ruta Vecinal o Rural Nº JU-921, como
parte integrante de la Red Vial Nacional,
asignándole el código PE-3N G
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 737-2014 MTC/02
Lima, 28 de octubre de 2014
VISTO:
El Memorándum Nº 2182-2014-MTC/20 de la Dirección
Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura
de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; los
Informe Nºs. 413 y 436-2014-MTC/14.07 de la Dirección
de Caminos; y, los Memoranda Nºs. 2387 y 2512-
2014-MTC/14 de la Dirección General de Caminos y
Ferrocarriles;
CONSIDERANDO:
Que, a través del Memorándum Nº 2182-2014-
MTC/20 de fecha 25 de setiembre de 2014, la Dirección
Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de
Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, solicitó el
cambio de jerarquía defi nitiva de la vía que se inicia en el
paraje denominado Chinchan y conecta con la carretera
La Oroya - Huánuco, con una longitud de 115 Km.,
aproximadamente, en el sector La Cima (Emp. PE-3N),
de Ruta Departamental o Regional a Ruta Nacional, a fi n
de posibilitar su intervención con la estrategia del Plan de
Desarrollo Vial denominado “Proyecto Perú”;
Que, mediante Informe Nº 413-2014-MTC/14.07 de
fecha 01 de octubre del 2014, la Dirección de Caminos
de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles,
considera procedente la reclasifi cación defi nitiva de la
Ruta Departamental o Regional Nº LM-116 tramo: Dv.
Huanza - Chinchan - Emp. PE-22 (Dv. Chinchan); la Ruta
Departamental o Regional Nº JU-101 tramo: Conocancha
- Pte. Porojnioc - Atocsayo - Azulmita - Emp. PE-3N (La
Cima); y la Ruta Vecinal o Rural Nº JU-921 de Trayectoria:
Emp. JU-101 - Chupas - Cueva - Curicocha - L.D, como
Ruta Nacional, señalando que la citada carretera ha
variado su condición original; y, cumple con el criterio de
jerarquización vial previsto en el numeral 3 del artículo 8º
del Reglamento de Jerarquización Vial: “interconectar dos
ó más carreteras de la Red Vial Nacional”;
Que, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles,
mediante Memorándum Nº 2512-2014-MTC/14 de fecha
16 de octubre de 2014, concuerda con el Informe Nº 436-
2014-MTC/14.07 de la Dirección de Caminos, en el cual se
da cuenta que el Gobierno Regional de Lima, el Gobierno
Regional Junín y la Municipalidad Provincial de Yauli La
Oroya, tienen conocimiento de la reclasifi cación propuesta
a iniciativa del Sector Transportes y Comunicaciones,
acorde a lo previsto en el numeral 10.1 del artículo 10º
del Reglamento de Jerarquización Vial, a fi n de contar con
una vía alterna que pueda mitigar los álgidos problemas
de transporte que afrontan los usuarios de la carretera
central;
Que, según lo dispuesto en los numerales 6.1 y 6.2
del artículo 6º del Reglamento de Jerarquización Vial,
aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, y sus
modifi catorias, en adelante el Reglamento, el Gobierno
Nacional, como ente normativo, es la autoridad competente
para la jerarquización del Sistema Nacional de Carreteras;
asimismo, las autoridades competentes para la aplicación
del Reglamento, de conformidad con los niveles de
Gobierno que corresponden a la organización del Estado,
son el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por
el Gobierno Nacional, a cargo de la Red Vial Nacional;
los Gobiernos Regionales, a cargo de su respectiva Red
Vial Departamental o Regional; y, los Gobiernos Locales,
a cargo de su respectiva Red Vial Vecinal o Rural;
Que, a su vez, el literal a) del artículo 8º del
Reglamento, señala que son parte de la Red Vial Nacional,
las carreteras que cumplan cualesquiera de los siguientes
criterios: (…) 3. Interconectar dos o más carreteras de la
Red Vial Nacional”;
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9º del
Reglamento, corresponde al Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, a través de la Dirección General
de Caminos y Ferrocarriles, efectuar la Clasifi cación
de las Carreteras que conforman el Sistema Nacional
de Carreteras (SINAC), en aplicación a los criterios
establecidos en el artículo 8º del Reglamento, considerando
para tales efectos la información que proporcionen las
autoridades competentes a que se refi ere el artículo 6º
del Reglamento;
Que, de conformidad con lo previsto en el numeral
10.1 del artículo 10º del Reglamento, el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones en aplicación a los
criterios establecidos en el artículo 8º del Reglamento,
reclasifi cará aquellas carreteras de las diferentes redes
viales, cuya condición haya variado con relación a su
clasifi cación original;
De conformidad con lo dispuesto en los Decretos
Supremos No. 017-2007-MTC y Nº 012-2013-MTC, así
como el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Reclasifi car la Jerarquía de las Rutas
Departamentales o Regionales Nº LM-116 (Tramo), Ruta
Nº JU-101 (Tramo) y la Ruta Vecinal o Rural Nº JU-921,
como parte integrante de la Red Vial Nacional, asignándole
el código PE-3N G.
PE-3N G
Trayectoria: Emp. PE-3N (La Cima) - Azulmita -
Atocsayo - Conocancha - Dv. Corpacancha - Chupas -
Cueva - Coricocha - Emp. PE-22 (Chinchan).
Artículo 2º.- La Dirección General de Caminos y
Ferrocarriles deberá actualizar el Mapa Vial incorporando
las modifi caciones dispuestas en la presente Resolución,
en el Clasifi cador de Rutas del Sistema Nacional de
Carreteras - SINAC.
Regístrese, comuníquese y publíquese
JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1156906-1
Otorgan a Super Cable TV
S.A.C. concesión única para la
prestación de servicios públicos de
telecomunicaciones en todo el territorio
de la República del Perú
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 739-2014 MTC/03
Lima, 28 de octubre de 2014
VISTA, la solicitud presentada con Expediente Nº
2014-043312, por la empresa SUPER CABLE TV S.A.C.
sobre otorgamiento de concesión única para la prestación
de los servicios públicos de telecomunicaciones, en todo
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba