Resolucion ministerial N° 657-2023-MINEDU. Retiran tres (03) Proyectos de Inversión de la Lista Priorizada de Proyectos del Ministerio de Educación aprobada mediante R.M. Nº 270-2015-MINEDU

Fecha de publicación07 Diciembre 2023
SecciónSección Única
Designan Jefa de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Oficina de Gestión de Proyectos, Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administración, Jefe de la Unidad de Contabilidad de la Oficina de Administración, Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Jefe de la Oficina de Gestión de Proyectos, y Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información de la Autoridad Nacional de Infraestructura

Lima, 5 de diciembre de 2023


VISTO, el Expediente N° DIPLAN2023-INT-0418902 y el Oficio N° 02049-2023-MINEDU/VMGI-DIGEIE de la Dirección General de Infraestructura Educativa, el Informe N° 01022-2023-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DIPLAN de la Dirección de Planificación de Inversiones, el Oficio N° 00730-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPI y el Informe N° 00746-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPI de la Unidad de Programación e Inversiones, el Oficio N° 01108-2023-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 01952-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto, y el Informe N° 01593-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;


CONSIDERANDO:


Que, mediante los artículos 1 y 2 de la Ley Nº 29230 y sus modificatorias vigentes, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, en adelante la Ley N° 29230, se establece el marco normativo para impulsar la ejecución de proyectos de inversión de impacto regional y local, inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación (IOARR), las IOARR de Estado de Emergencia Nacional y el mantenimiento de infraestructura que hubiera sido ejecutada bajo la citada Ley u otra modalidad, con la participación del sector privado mediante la suscripción de convenios de inversión; para financiar, ejecutar y/o proponer proyectos de inversión, IOARR e IOARR de emergencia en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, los que deben estar en armonía con las políticas y planes de desarrollo nacional, regional y/o local, y contar con la declaración de viabilidad, o con la aprobación, según corresponda;


Que, el artículo 2-B de la Ley Nº 29230, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, en el marco de sus competencias, a efectuar la ejecución de Proyectos de Inversión, inversiones de Optimización, de Ampliación marginal, de Rehabilitación y de Reposición, e inversiones de Optimización, de Ampliación marginal, de Rehabilitación y de Reposición de emergencia en el marco del Sistema Nacional de Programación...

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