RESOLUCION MINISTERIAL Nº 517-2015/MINSA - Constituyen la Comisión Sectorial de naturaleza temporal, adscrita al Ministerio de Salud, con el objeto de evaluar y proponer la operatividad de las IPRESS encargadas de los exámenes de salud para los postulantes a licencias de conducir

EmisorSALUD
Fecha de la disposición27 de Agosto de 2015
560090 NORMAS LEGALES Jueves 27 de agosto de 2015 /
El Peruano
SALUD
Constituyen la Comisión Sectorial de
naturaleza temporal, adscrita al Ministerio
de Salud, con el objeto de evaluar y proponer
la operatividad de las IPRESS encargadas de
los exámenes de salud para los postulantes
a licencias de conducir
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 517-2015/MINSA
Lima, 21 de agosto del 2015
Visto, el Expediente N° 15-041103-001, que contiene el
Informe N° 14.2015-YR-DPCS, de la Dirección General de
Promoción de la Salud;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral I del Título Preliminar de la Ley Nº
26842, Ley General de Salud establece que la protección de
la salud es de interés público y por tanto es responsabilidad
del Estado regularla, vigilarla y promoverla;
Que, asimismo, el artículo 123 de la precitada Ley,
modif‌i cado por la Única Disposición Complementaria
Modif‌i catoria del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Salud dispone
que: “El Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud de
nivel nacional. Como organismo del Poder Ejecutivo, tiene
a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política
de salud y actúa como la máxima autoridad normativa en
materia de salud”;
Que, el literal a) del artículo 5 del Decreto Legislativo
N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Salud establece como función rectora del Ministerio
de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar,
supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de
Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades,
Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su
competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;
Que, el literal a) del artículo 7 de la referida Ley dispone
que en el marco de sus competencias, el Ministerio de
Salud cumple con la función específ‌i ca de regular la
organización y prestación de servicios de salud;
Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 60 del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, la
Dirección General de Promoción de la Salud es el órgano
técnico-normativo, responsable de la conducción del
proceso de Promoción de la Salud, así como de contribuir
al desarrollo integral de la persona, familia y comunidad
cuyas acciones inciden en los determinantes sociales que
inf‌l uyen en la salud de la población;
del Poder Ejecutivo dispone que las Comisiones del Poder
Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las
funciones de seguimiento, f‌i scalización, propuesta o emisión
de informes, que deben servir de base para las decisiones
de otras entidades. Sus conclusiones carecen de efectos
jurídicos frente a terceros. No tienen personería jurídica ni
administración propia y están integradas a una entidad pública;
Que, el numeral 1) del artículo 36 de la precitada Ley
dispone que las comisiones sectoriales son de naturaleza
temporal, creadas con f‌i nes específ‌i cos para cumplir f‌i nes
de f‌i scalización, propuesta o emisión de informes técnicos,
creándose formalmente por resolución ministerial del
Titular del sector correspondiente;
Estando a lo propuesto por la Dirección General de
Promoción de la Salud;
Con el visado del Director General de la Dirección
General de Promoción de la Salud, de la Directora General
de la Dirección General de Salud de las Personas, de
la Directora General de la Of‌i cina General de Asesoría
Jurídica y del Viceministro de Salud Pública; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158,
N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Constituir la Comisión Sectorial de
naturaleza temporal, adscrita al Ministerio de Salud, con
el objeto de evaluar y proponer la operatividad de las
Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS
encargadas de los exámenes de salud para los postulantes
a licencias de conducir.
Artículo 2.- La Comisión Sectorial está integrada por:
- Un (1) representante del Despacho Viceministerial de
Salud Pública, quien la preside.
- Un (1) representante de la Dirección General de
Salud de las Personas.
- Un (1) representante de la Estrategia Sanitaria
Nacional de Seguridad Vial y Cultura de Tránsito de la
Dirección General de Promoción de la Salud, quien actúa
como Secretario Técnico.
- Un (1) representante de la Dirección de Gestión
Sanitaria de la Dirección General de Salud de las Personas.
- Un (1) representante de la Dirección de Servicios de
Salud de la Dirección General de Salud de las Personas.
- Un (1) representante de la Dirección de Salud Mental
de la Dirección General de Salud de las Personas.
- Un representante de la Estrategia Sanitaria Nacional
de Prevención y Control de Daños No Transmisibles de la
Dirección General de Salud de las Personas.
- Un (1) representante de la Estrategia Sanitaria
Nacional de Salud Ocular y Prevención de la Ceguera de
la Dirección General de Salud de las Personas.
- Un (1) representante de la Superintendencia Nacional de
Salud.
La participación de los integrantes de la referida
Comisión Sectorial es ad honórem.
Artículo 3.- La designación de los miembros, titular y
alterno, que conforman la Comisión Sectorial, se efectúa
mediante comunicación of‌i cial dirigida al Presidente de
la misma, en un plazo no mayor de dos (2) días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de la
presente Resolución Ministerial.
Artículo 4.- La Comisión Sectorial se instala dentro de
los tres (3) días hábiles siguientes a la publicación de la
presente Resolución Ministerial. Asimismo, contará con el
plazo de tres (3) meses, contados a partir de su instalación
para cumplir con el encargo encomendado.
Artículo 5.- Son funciones de la Comisión Sectorial:
- Elaborar la propuesta de normativa que regule la
implementación y operación de las Instituciones Prestadoras
de Servicios de Salud - IPRESS encargadas de los exámenes
de salud para los postulantes a licencias de conducir.
- Presentar ante el Despacho Viceministerial de Salud
Pública del Ministerio de Salud, el informe f‌i nal que contenga
la propuesta de normativa que regule la implementación y
operación de las Instituciones Prestadoras de Servicios de
Salud - IPRESS encargadas de los exámenes de salud para
los postulantes a licencias de conducir, a efecto que sea
remitido al Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Artículo 6.- La Comisión Sectorial contará con el apoyo
que requiera para el mejor cumplimiento de su objeto y
funciones, por lo que, podrá convocar la participación
de profesionales e instituciones públicas y privadas que
sean necesarias para cumplir con el encargo señalado
en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Los
órganos y organismos públicos del Ministerio de Salud
están obligados a brindar la información y el apoyo técnico
que requiera la Comisión Sectorial.
Artículo 7.- Encargar a la Of‌i cina General de
Comunicaciones la publicación de la presente Resolución
Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de
Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.
pe/transparencia/index.asp?op=115.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
1278712-1
Aprueban Documento Técnico: Plan de
Prevención y Reducción del Riesgo de
Desastres del Ministerio de Salud ante la
Temporada de las Bajas Temperaturas 2015-
2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 519-2015/MINSA
Lima, 21 de agosto del 2015

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