Lima, 21 de noviembre de 2023
VISTOS:
El Informe N° 313-2023-MINEM-OGPP/ODICR emitido por la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 321-2023-MINEM-OGA/OFIN emitido por la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración, y el Informe N° 1178-2023-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas;
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Ley Nº 31638, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante Resolución Ministerial N° 456-2022-MINEM/DM, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente Pliego N° 016: Ministerio de Energía y Minas correspondiente al Año Fiscal
2023;
Que, El artículo 16, numeral 16.1, inciso k), acápite i), de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza de manera excepcional al Ministerio de Energía y Minas (MINEM en adelante), a efectuar transferencias financieras a favor de los Gobiernos Regionales hasta por la suma de S/ 5 200,000.00 (Cinco millones doscientos mil con 00/100 soles), con el objeto de financiar exclusivamente a las Direcciones o Gerencias Regionales de Energía y Minas, para fortalecer la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización.
Que, la precitada norma señala que los recursos a transferir se financian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, y/o saldos de balance...