RESOLUCION MINISTERIAL Nº 473-2015 MTC/01.02 - Aprueban valores totales de tasaciones correspondientes a predios afectados por la ejecución de obras públicas

Fecha de disposición17 Agosto 2015
Fecha de publicación17 Agosto 2015
559367
NORMAS LEGALES
Lunes 17 de agosto de 2015
El Peruano
/
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 30025 - Ley que facilita la adquisición,
expropiación y posesión de bienes inmuebles para
obras de infraestructura y declara de necesidad pública
la adquisición o expropiación de bienes inmuebles
afectados para la ejecución de diversas obras de
infraestructura, en su Quinta Disposición Complementaria
Final declaró de necesidad pública la ejecución de la
Carretera Longitudinal de la Sierra: Chiple - Cutervo
- Cochabamba - Chota - Bambamarca - Hualgayoc
- Desvío Yanacocha, Cajabamba - Sausacocha,
Huamachuco - Shorey - Santiago de Chuco - Pallasca
- Cabana - Tauca, Huallanca - Caraz, Huallanca -
La Unión - Huánuco, Izcuchaca - Mayocc - Huanta
Ayacucho - Andahuaylas – Abancay, al ser considerada
como una obra de infraestructura vial de interés nacional
y de gran envergadura y, en consecuencia, se autorizó
la expropiación de los bienes inmuebles que resulten
necesarios para su ejecución;
Que, la Ley N° 30327, Ley de Promoción de
las Inversiones para el Crecimiento Económico y
el Desarrollo Sostenible, en su Sétima Disposición
Complementaria Final establece que el Ministerio
de Transportes y Comunicaciones puede utilizar el
procedimiento de adquisición por trato directo de
inmuebles previsto por la Ley N° 27628, en aquellos
inmuebles que resulten necesarios para la ejecución de
las obras de infraestructura vial de interés nacional y de
gran envergadura, señaladas en la Quinta Disposición
Complementaria Final de la Ley N° 30025, que estén
a cargo del Gobierno Nacional, siempre que tenga la
posesión de dichos inmuebles antes de la emisión de la
resolución ministerial a que se re ere el numeral 30.4 del
artículo 30 de la Ley N° 30327;
Que, la Ley Nº 27628, Ley que Facilita la Ejecución
de Obras Públicas Viales, establece que la adquisición
de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se
realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los
propietarios, o conforme al procedimiento establecido en
la Ley General de Expropiaciones;
Que, según el artículo 2 de la Ley N° 27628,
el valor de la tasación es fijado por la Dirección
Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento (actualmente, la
Dirección de Construcción de la Dirección General
de Políticas y Regulación en Construcción y
Saneamiento), considerando: a) el valor comercial
del predio y mejoras, de corresponder; y, b) una
indemnización por el perjuicio causado que incluya, en
caso corresponda, el daño emergente y lucro cesante;
siendo que el monto de la indemnización deberá
considerar, entre otros, el resarcimiento de los gastos
tributarios, incluyendo el Impuesto a la Renta, en que
deberá incurrir el sujeto pasivo como consecuencia de
la expropiación. Asimismo, establece que el valor total
de la tasación es aprobado por resolución ministerial
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuya
tasación deberá de tener una antigüedad no mayor a
dos años al momento de su aprobación;
Que, el artículo 3 de la Ley N° 27628 prevé que
la aprobación del valor total de la tasación se hace
considerando el monto jado por la Dirección Nacional
de Construcción y agregando un porcentaje adicional
del 10% del valor comercial de predio y mejoras, de
corresponder;
Que, la Dirección Nacional de Construcción del
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
mediante O cio Nº 1012-2014-VIVIENDA-VMCS-
DNC, remite al Proyecto Especial de Infraestructura de
Transporte Nacional (en adelante, PROVIAS NACIONAL),
Informes Técnicos de Tasación correspondientes a predios
afectados por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y
Mejoramiento de la Carretera Chongoyape – Cochabamba
– Cajamarca, Tramo: Cochabamba – Chota (en adelante
la Obra), que forma parte de la Carretera Longitudinal de
la Sierra;
Que, la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS
NACIONAL, mediante Memorándum N° 1529-2015-
MTC/20.6, da su conformidad al Informe N° 016-2015.
HJCA de la Jefatura de Proyectos PACRI, mediante el cual
se identi ca el predio con Código CHO-T-155, afectado
por la ejecución de la Obra, se constata que los titulares
del referido predio tienen su derecho de propiedad inscrito
en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
– SUNARP y se determina el valor total de la tasación
correspondiente al predio;
Que, la Unidad Gerencial de Derecho de Vía de
PROVIAS NACIONAL, mediante Memorándum N° 427-
2015-MTC/20.15, da su conformidad al Informe N° 104-
2015.HJCA, en el cual se señala que se cumple con lo
establecido en la Sétima Disposición Complementaria
Final de la Ley N° 30327, por lo que, el procedimiento de
adquisición del predio por trato directo debe regirse por lo
dispuesto en la Ley N° 27628;
Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de
PROVIAS NACIONAL, mediante Informe N° 422-2015-
MTC/20.3, concluye que, estando a lo señalado en los
Informes N° 016-2015.HJCA y 104-2015.HJCA, considera
viable continuar con el procedimiento administrativo de
aprobación del valor total de la tasación correspondiente al
predio con Código CHO-T-155, afectado por la ejecución
de la Obra;
Que, en el Informe Técnico de Tasación del citado
predio, emitido por la Dirección Nacional de Construcción,
se consigna como fecha de tasación el 11 de abril de
2014;
Que, en observancia del marco legal vigente y según
lo recomendado por la Unidad Gerencial de Estudios, la
Unidad Gerencial de Derecho de Vía, la Unidad Gerencial
de Asesoría Legal y la Dirección Ejecutiva de PROVIAS
NACIONAL, resulta procedente aprobar el valor total de la
tasación, según lo solicitado;
De conformidad con las Leyes Nos. 29370, 27628,
30025, 30230, 30327 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-
MTC;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar el valor total de la tasación
correspondiente a un (01) predio afectado por la
ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de
la Carretera Chongoyape – Cochabamba – Cajamarca,
Tramo: Cochabamba – Chota, conforme se detalla
en el Anexo que forma parte integrante de la presente
resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
ANEXO
Valor Total de Tasación correspondiente a un
(01) predio afectado por la ejecución de la Obra:
Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera
Chongoyape – Cochabamba – Cajamarca, Tramo:
Cochabamba – Chota
ÍTEM CÓDIGO VALOR DE
TASACIÓN
(S/.)
10 %
ADICIONAL
(S/.)
VALOR TOTAL
DE TASACIÓN
(S/.)
1 CHO-T-155 4,355.28 435.53 4,790.81
1274546-1
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 473-2015 MTC/01.02
Lima, 13 de agosto de 2015
VISTA:
La Nota de Elevación N° 249-2015-MTC/20 de fecha
25 de junio de 2015 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto
Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -
PROVIAS NACIONAL; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 30025 - Ley que facilita la adquisición,
expropiación y posesión de bienes inmuebles para
obras de infraestructura y declara de necesidad
pública la adquisición o expropiación de bienes
inmuebles afectados para la ejecución de diversas

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