RESOLUCION MINISTERIAL Nº 471-2015 MTC/01.02 - Aprueban valores totales de tasaciones correspondientes a predios afectados por la ejecución de obras públicas

Fecha de disposición17 Agosto 2015
Fecha de publicación17 Agosto 2015
559365
NORMAS LEGALES
Lunes 17 de agosto de 2015
El Peruano
/
para la ejecución de diversas obras de infraestructura,
señala en su Quinta Disposición Complementaria Final, de
necesidad pública la ejecución de obras de infraestructura
de interés nacional y de gran envergadura, entre las
cuales se cita a la Carretera longitudinal de la sierra:
Chiple - Cutervo - Cochabamba - Chota - Bambamarca
- Hualgayoc - Desvío Yanacocha, Cajabamba -
Sausacocha, Huamachuco - Shorey - Santiago de Chuco
- Pallasca - Cabana - Tauca, Huallanca - Caraz, Huallanca
- La Unión - Huánuco, Izcuchaca - Mayocc - Huanta
Ayacucho - Andahuaylas - Abancay; y, en consecuencia,
autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que
resulten necesarios para tales nes;
Que, la Sétima Disposición Complementaria
Final de la Ley Nº 30327, Ley de Promoción de las
Inversiones para el Crecimiento Económico y Desarrollo
Sostenible, establece que el Ministerio de Transportes
y Comunicaciones puede utilizar el procedimiento de
adquisición por trato directo de inmuebles previsto
por la Ley Nº 27628, en aquellos inmuebles que
resulten necesarios para la ejecución de las obras
de infraestructura vial de interés nacional y de gran
envergadura, señaladas en la Quinta Disposición
Complementaria Final de la Ley Nº 30025, que estén
a cargo del Gobierno Nacional, siempre que tenga la
posesión de dichos inmuebles antes de la emisión de la
resolución ministerial a que se re ere el numeral 30.4 del
artículo 30 de la Ley Nº 30327;
Que, la Ley Nº 27628, Ley que facilita la ejecución
de obras públicas viales, establece que la adquisición
de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se
realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los
propietarios, o conforme al procedimiento establecido en
la Ley General de Expropiaciones;
Que, según el artículo 2 de la Ley Nº 27628, el valor
de la tasación será jado por la Dirección Nacional de
Construcción, considerando: a) el valor comercial del
predio y mejoras, de corresponder; y, b) una indemnización
por el perjuicio causado que incluya, en caso corresponda,
el daño emergente y lucro cesante; siendo que el monto
de la indemnización deberá considerar, entre otros, el
resarcimiento de los gastos tributarios, incluyendo el
Impuesto a la Renta, en que deberá incurrir el sujeto
pasivo como consecuencia de la expropiación. Asimismo,
establece que el valor total de la tasación es aprobado
por resolución ministerial del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, cuya tasación deberá de tener una
antigüedad no mayor a dos años al momento de su
aprobación;
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27628 prevé, que
la aprobación del valor total de la tasación se hace
considerando el monto jado por la Dirección Nacional
de Construcción y agregando un porcentaje adicional
del 10% del valor comercial de predio y mejoras, de
corresponder;
Que, con O cio Nº 436-2015/VIVIENDA-VMCS-
DGPRCS-DC, la Dirección de Construcción de la
Dirección General de Políticas y Regulación en
Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento (en adelante, la Dirección de
Construcción), remite a la Unidad Gerencial de Estudios
de PROVIAS NACIONAL, Informes Técnicos de Tasación,
correspondientes a los predios afectados por la ejecución
de la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera
Chongoyape - Cochabamba - Cajamarca, Tramo: Chota -
Bambamarca - Hualgayoc” (en adelante, la Obra);
Que, a través del Memorándum Nº 2090-2015-
MTC/20.6, la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS
NACIONAL, remite el Informe Nº 038-2015/CL-MIDM,
de la Jefatura de Proyectos PACRI - UGE, mediante el
cual, entre otros aspectos, se identi ca a trece predios
afectados por la ejecución de la Obra, se consignan
los códigos de los predios y su valor total de tasación;
asimismo, se indica que los titulares de los referidos
predios tienen su derecho de propiedad inscrito en la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos -
SUNARP;
Que, mediante Memorándum Nº 388-2015-MTC/20.15,
la Unidad Gerencial de Derecho de Vía de PROVIAS
NACIONAL, remite el Informe Nº 018-2015-MTC/20.15.1-
MIDM, en el cual se señala que el presente procedimiento
cumple con lo establecido en la Sétima Disposición
Complementaria Final de la Ley Nº 30327;
Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de
PROVIAS NACIONAL, mediante Informe Nº 436-2015-
MTC/20.3, considera viable continuar con el trámite de
aprobación del valor total de tasación, correspondiente
a trece predios afectados por la ejecución de la Obra,
signados con los códigos A-0392-A-I, A-0544, A-0548,
A-0825, A-0644, A-1034, A-1256-A, A-0838, A-0836,
A-828, A-0611, A-0570 y A-610-A;
Que, en los Informes Técnicos de Tasación de los
citados predios, emitidos por la Dirección de Construcción,
se consigna como fecha de inspección ocular el 09 de
febrero de 2015;
Que, en observancia del marco legal vigente y según
lo recomendado por la Unidad Gerencial de Estudios, la
Unidad Gerencial de Derecho de Vía, la Unidad Gerencial
de Asesoría Legal y la Dirección Ejecutiva de PROVIAS
NACIONAL, resulta procedente aprobar las tasaciones
solicitadas;
De conformidad con las Leyes Nos. 29370, 27628,
30025, 30230, 30327 y Decreto Supremo Nº 021-2007-
MTC;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar el valor total de tasación
correspondiente a trece (13) predios afectados por la
ejecución de la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de
la Carretera Chongoyape - Cochabamba - Cajamarca,
Tramo: Chota - Bambamarca - Hualgayoc”, conforme
se detalla en el Anexo, que forma parte integrante de la
presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese
JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
ANEXO
Relación de predios afectados por la ejecución
de la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la
Carretera Chongoyape - Cochabamba - Cajamarca,
Tramo: Chota - Bambamarca - Hualgayoc”,
localizados en los distritos de Chota,
Bambamarca y Hualgayoc, provincias de Chota
y Hualgayoc, departamento de Cajamarca
ITEM CÓDIGO VALOR DE
TASACIÓN
(S/.) 10% (S/.) VALOR TOTAL
DE TASACIÓN
(S/.)
1 A-0392-A-I 11,733.69 1,173.37 12,907.06
2 A-0544 13,206.50 1,320.65 14,527.15
3 A-0548 18,259.33 1,825.93 20,085.26
4 A-0825 7,916.65 791.67 8,708.32
5 A-0644 20,053.12 2,005.31 22,058.43
6 A-1034 26,782.04 2,678.20 29,460.24
7 A-1256-A 7,385.63 738.56 8,124.19
8 A-0838 13,746.17 1,374.62 15,120.79
9 A-0836 61,031.77 6,103.18 67,134.95
10 A-828 8,567.25 856.73 9,423.98
11 A-0611 4,106.52 410.65 4,517.17
12 A-0570 16,216.31 1,621.63 17,837.94
13 A-610-A 3,287.21 328.72 3,615.93
1274541-1
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N°471-2015 MTC/01.02
Lima, 13 de agosto de 2015
VISTA:
La Nota de Elevación N° 273-2015-MTC/20 de fecha
01 de julio de 2015 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto
Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -
PROVIAS NACIONAL; y,

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