Resolucion ministerial N° 455-2023-VIVIENDA. Disponen que el/la Procurador/a Público/a Especializado/a en Materia Constitucional, ejerza la representación procesal del Poder Ejecutivo en el proceso de inconstitucionalidad contra la Ley N° 31232

Fecha de publicación26 Octubre 2023
SecciónSección Única
Determinan Protección Provisional del Sitio Arqueológico Huaca Córdova sector I, ubicado en el distrito de Ocucaje, provincia y departamento de Ica

Lima, 24 de octubre de 2023


VISTOS:


El Oficio N° 001326-2023-DP/SCM de la Secretaría del Consejo de Ministros del Despacho Presidencial; el Memorándum N° 2814-2023-VIVIENDA-PP de la Procuraduría Pública del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Informe N° 897-2023-VIVIENDA/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;


CONSIDERANDO:


Que, el numeral 4 del artículo 200 de la Constitución Política del Perú, regula la garantía constitucional de la Acción de Inconstitucionalidad, que procede contra las normas que tienen rango de ley: leyes, decretos legislativos, decretos de urgencia, tratados, reglamentos del Congreso, normas regionales de carácter general y ordenanzas municipales que contravengan la Constitución en la forma o en el fondo;


Que, el artículo 74 de la Ley N° 31307, Nuevo Código Procesal Constitucional, establece, entre otros, que el proceso de acción de inconstitucionalidad tiene por finalidad la defensa de la Constitución y, en su caso, de la ley, frente a infracciones contra su jerarquía normativa; esta infracción puede ser, directa o indirecta, de carácter total o parcial, y tanto por la forma como por el fondo;


Que, el artículo 98 de la referida Ley N° 31307 dispone que, para interponer una demanda de inconstitucionalidad, el presidente de la República requiere del voto aprobatorio del Consejo de Ministros; concedida la aprobación, designa a uno de sus ministros para que presente la demanda de inconstitucionalidad y lo represente en el proceso; el ministro designado puede delegar su representación en un procurador público;


Que, el numeral 4 del artículo 25 del Decreto Legislativo N° 1326, Decreto Legislativo que reestructura...

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