RESOLUCION MINISTERIAL Nº 436-2015 MTC/01.02 - Autorizan viaje de Inspectoras de la Dirección General de Aeronáutica Civil a México y EE.UU., en comisión de servicios

Fecha de disposición02 Agosto 2015
Fecha de publicación02 Agosto 2015
SecciónSección Única
558523
NORMAS LEGALES
Domingo 2 de agosto de 2015
El Peruano
/
Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la
garantía otorgada.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será
publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano por una sola vez
y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir
del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS
Ministra de Energía y Minas
1240466-1
Otorgan concesión temporal a favor
de Contourglobal Perú S.A.C. para
desarrollar estudios a nivel de factibilidad
relacionados a la actividad de generación
de energía eléctrica de futura Central
Eólica Cupisnique II
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 250-2015-MEM/DM
Lima, 19 de mayo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 27359515 sobre
otorgamiento de concesión temporal para realizar
estudios relacionados con la actividad de generación de
energía eléctrica de la futura Central Eólica Cupisnique
II, presentado por CONTOURGLOBAL PERÚ S.A.C.,
persona jurídica inscrita en la Partida Nº 13187597 del
Registro de Personas Jurídicas de la Of‌i cina Registral de
Lima;
CONSIDERANDO:
Que, CONTOURGLOBAL PERÚ S.A.C., mediante
documento con registro de ingreso Nº 2460588 de fecha
30 de diciembre de 2014, ha presentado solicitud sobre
otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios
relacionados con la actividad de generación de energía
eléctrica de la futura Central Eólica Cupisnique II, al
amparo de lo dispuesto por el artículo 30 del Reglamento
de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por
Decreto Supremo Nº 009-93-EM;
Que, los estudios mencionados en el considerando
que antecede se desarrollarán en el distrito de
San Pedro de Lloc, provincia de Pacasmayo y
departamento de La Libertad, en la zona comprendida
dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran
en el Expediente;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de
haber verif‌i cado y evaluado que la empresa solicitante ha
cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento
de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe
Nº 182-2015-DGE-DCE, recomendando que se otorgue la
concesión temporal;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del
el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones
Eléctricas y el ítem CE02 del Anexo Nº 01 del Texto
Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio
de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº
038-2014-EM;
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar concesión temporal a favor de
la empresa CONTOURGLOBAL PERÚ S.A.C., que se
identif‌i cará con el código Nº 27359515, para desarrollar
estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad
de generación de energía eléctrica de la futura Central
Eólica Cupisnique II, para una capacidad instalada
estimada de 148 MW, los cuales se realizarán en el
distrito de San Pedro de Lloc, provincia de Pacasmayo y
departamento de La Libertad, por un plazo de veinticuatro
(24) meses contados a partir de la vigencia de la presente
Resolución.
Artículo 2.- Los estudios se realizarán al amparo de
la presente concesión temporal, y comprenderán la zona
delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD
56):
VÉRTICE ESTE NORTE
1 660 751,2 9 170 330,4
2 669 921,6 9 175 707,0
3 679 434,8 9 163 578,5
4 670 119,9 9 156 955,5
5 666 702,9 9 161 493,1
6 669 727,2 9 164 490,0
7 668 995,6 9 166 733,3
8 666 526,8 9 167 868,4
9 663 494,1 9 165 845,0
Artículo 3.- El concesionario está obligado a
realizar los estudios respetando las normas técnicas
y de seguridad, preservando el medio ambiente y
salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así
como el cumplimiento de las obligaciones establecidas
en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y
demás normas legales pertinentes.
De conformidad con el artículo 36 del Reglamento
de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo
mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución,
el concesionario no cumpliera con las obligaciones
contraídas en su solicitud, respecto de la ejecución de los
estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecución de
Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la
garantía otorgada.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será
publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano por una sola vez
y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir
del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS
Ministra de Energía y Minas
1240466-2
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspectoras de la
Dirección General de Aeronáutica Civil a
México y EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 436-2015 MTC/01.02
Lima, 23 de julio de 2015
VISTOS:
La solicitud de la empresa Lan Perú S.A. con registro
P/D Nº 105356 del 17 de junio de 2015, y los Informes
Nº 335-2015-MTC/12.04, de la Dirección General de
Aeronáutica Civil y Nº 361-2015-MTC/12.04, de la
Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección
General de Aeronáutica Civil, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma
reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de
NL20150802.pdf 5 8/3/2015 8:51:53 AM

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