Resolucion Ministerial N° 435-2023/MINSA. Modifican Norma Técnica de Salud que regula el Trasplante de Células Progenitoras Hematopoyéticas, aprobada por la R.M. N° 520-2014/MINSA

Fecha de publicación08 Mayo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 5 de mayo del 2023

Visto, el Expediente N° DIGDOT20230000242, que contiene el Informe N° D000025-2023-DIGDOT-MINSA, de la Dirección General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre y el Informe Nº D000471-2023-OGAJ-MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; y,

CONSIDERANDO:

Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone que el Ministerio de Salud es competente en salud de las personas;

Que, los literales a), b) y h) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1161, modificado por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud conducir, regular y supervisar el Sistema Nacional de Salud; formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobiernos; así como, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud, la gestión de los recursos del sector; así como el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fiscalización, sanción y ejecución coactiva en las materias de su competencia;

Que, el artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función Rectora del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 030-2020-SA, establece que es función ineludible e indelegable del Estado, que se ejerce exclusivamente a través del MINSA, de hacerse responsable de la promoción, protección y respeto de la salud, la vida y el bienestar de la población, así como de conducir el Sector Salud. La Rectoría en salud implica proteger la salud como derecho humano y bien público;

Que, la Ley Nº 28189, Ley General de Donación y Trasplante de Órganos y/o Tejidos...

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