Resolucion Ministerial Nº 426-2022-MINEM/DM. Establecen derecho de servidumbre de electroducto con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de distribución de energía eléctrica de la que es titular Luz del Sur S.A.A. para la “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Carapongo - S.E. San Miguel” y la “Línea de Transmisión en 60 kV S.E. San Miguel - S.E. Huachipa”

Fecha de publicación14 Diciembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 5 de diciembre de 2022

VISTOS: El Expediente Nº 21249619 sobre solicitud de establecimiento de servidumbre de electroducto para la “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Carapongo – S.E. San Miguel” y la “Línea de Transmisión en 60 kV S.E. San Miguel – S.E. Huachipa”, presentada por Luz del Sur S.A.A.; el Informe Nº 455-2022-MINEM/DGE-DCE, de la Dirección General de Electricidad; el Memorando Nº 00562-2022/MINEM-VME, del Viceministerio de Electricidad; el Informe Nº 1148-2022-MINEM/OGAJ y el Memorando Nº 01238-2022-MINEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 031-94-EM, de fecha 8 de julio de 1994, se otorga a favor de Luz del Sur S.A.A. (en adelante, LDS) la concesión definitiva para desarrollar actividades de distribución de energía eléctrica en la Zona Sur y Este del departamento de Lima. Dicha concesión comprende parte de las provincias de Cañete, Huarochirí y Lima, en el departamento de Lima. Asimismo, se suscribió el Contrato de Concesión Nº 002-94, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Electrónica Nº 49088403 del Registro de Concesiones de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral Nº IX -Sede Lima (en adelante, el CONTRATO);

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 064-2018-MEM/DM, publicada el 22 de febrero de 2018, se aprueba la cuarta modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la zona Este de Lima y, en consecuencia, se aprueba la adenda Nº 4 al CONTRATO, la cual modifica, entre otros, los Anexos Nº 3 y Nº 4 del CONTRATO;

Que, mediante documento con Registro Nº 2947073, de fecha 21 de junio de 2019, LDS solicita el establecimiento de servidumbre de electroducto para la “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Carapongo - S.E. San Miguel” y la “Línea de Transmisión en 60 kV S.E. San Miguel – S.E. Huachipa”, ubicadas en los distritos de Lurigancho – Chosica y San Antonio, provincias de Lima y Huarochirí, departamento de Lima, según las coordenadas UTM (WGS 84) que figuran en el Expediente;

Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 109 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas (en adelante, LCE), los concesionarios están facultados a utilizar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones;

Que, de acuerdo con el literal b)...

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