Lima, 25 de octubre de 2023
VISTOS: El Informe N° 279-2023-MINEM/OGPP-ODICR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional y el Informe N° 011-2023/MINEM-OGPP-OPRE de la Oficina de Presupuesto, ambos de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 292-2023-MINEM-OGA/OFIN de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; el Memorando N° 03061-2023/MINEM-SG-OGA de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 1077-2023/MINEM-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el acápite i) del literal k) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza de manera excepcional la transferencia financiera que realice el Ministerio de Energía y Minas a favor de los gobiernos regionales, cuyos recursos son destinados a financiar exclusivamente, a las direcciones y/o gerencias regionales de Energía y Minas de dichos gobiernos regionales para financiar el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, hasta por...