Resolucion ministerial N° 407-2023-VIVIENDA. Autorizan Transferencia Financiera a favor de EMSAPUNO S.A.

Fecha de publicación20 Septiembre 2023
SecciónSección Única
20 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de setiembre de
2023
El Peruano
/
Nombres y Apellidos
Pasajes Aéreos
Clase Económica
USD
Viáticos
por día
USD
Número
de
días
Total
viáticos
USD
Juan Pablo Vegas Torres 1,254.94 440.00 3 + 1 1,760.00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario,
posteriores a su retorno al país, el citado funcionario
diplomático deberá presentar a la Ministra de Relaciones
Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas
y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.”
Artículo 2.- Dejar subsistente los demás extremos
de la Resolución Ministerial Nº 0607-2023-RE, de 15 de
setiembre de 2023.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA MARÍA CHOQUEHUANCA
Ministra de la Producción
Encargada del Despacho de Relaciones Exteriores
2216878-1
VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN
Y SANEAMIENTO
Autorizan Transferencia Financiera a favor
de EMSAPUNO S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 407-2023-VIVIENDA
Lima, 19 de setiembre de 2023
VISTOS:
El Informe Nº 397-2023-VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0
del Programa Nacional de Saneamiento Urbano; el
Memorándum Nº 1673-2023-VIVIENDA/OGPP de la
Ocina General de Planeamiento y Presupuesto; el
Informe Nº 831-2023-VIVIENDA/OGAJ de la Ocina
General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Ley Nº 31638, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023,
mediante la Resolución Ministerial Nº 381-2022-VIVIENDA,
se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de
Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 037:
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la
suma de S/ 3 729 888 935,00 (TRES MIL SETECIENTOS
VEINTINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y
OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100
SOLES), por toda fuente de nanciamiento;
Que, el literal b) del numeral 16.1 del artículo 16 de
la Ley Nº 31638, autoriza, en el presente Año Fiscal, la
realización, de manera excepcional, de transferencias
nancieras que realice el Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento para las empresas
prestadoras de servicios de saneamiento; las mismas
que, según el numeral 16.2 de dicho artículo, se realizan
mediante resolución del titular del pliego que será
publicada en el diario ocial El Peruano; asimismo, el
numeral 16.3 del mismo artículo dispone que la entidad
pública que transere, es responsable del monitoreo,
seguimiento y cumplimiento de los nes y metas para los
cuales transrieron los recursos;
Que, mediante el Informe Nº 397-2023-VIVIENDA/
VMCS/PNSU/1.0, el Programa Nacional de Saneamiento
Urbano - PNSU, sustentado en el Informe Legal Nº
485-2023/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.2, de la Unidad de
Asesoría Legal, el Memorándum Nº 1688-2023/VMCS/
PNSU/3.1 y el Informe Nº 674-2023/VIVIENDA/VMCS/
PNSU/3.1.2 de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto
del PNSU, y el Memorando Nº 1710-2023-VIVIENDA/
VMCS/PNSU/4.3 de la Unidad para la Mejora de la
Prestación de los Servicios, solicita a la Ocina General
de Planeamiento y Presupuesto del MVCS, se gestione la
transferencia nanciera a favor de la Empresa Municipal
de Saneamiento Básico de Puno S.A. - EMSAPUNO
S.A., hasta por la suma de S/ 658 144,00 (SEISCIENTOS
CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y
CUATRO Y 00/100 SOLES) en la fuente de nanciamiento
Recursos Ordinarios, para ser destinados únicamente
y exclusivamente al nanciamiento de la adquisición
de 3,200 medidores para asegurar el racionamiento
del servicio de agua en el distrito de Desaguadero, que
viene atravesando un desabastecimiento del servicio
de agua como consecuencia de la grave crisis hídrica
por la ausencia de lluvias y la presencia de sequías
generalizadas.
Que, con el Memorándum Nº 1673-2023-VIVIENDA/
OGPP, la Ocina General de Planeamiento y
Presupuesto remite el Informe Nº 462-2023-VIVIENDA/
OGPP-OP de su Ocina de Presupuesto, mediante el
cual se emite opinión favorable en materia presupuestal
y se propone el proyecto de Resolución Ministerial
que autoriza la transferencia nanciera del Pliego 037:
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de
Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 658
144,00 (SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL
CIENTO CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES),
en la fuente de nanciamiento Recursos Ordinarios, a
favor de la EMSAPUNO S.A., destinada para los nes
señalados en el considerando precedente;
Que, mediante el Informe Nº 831-2023-VIVIENDA/
OGAJ, la Ocina General de Asesoría Jurídica señala
que, en el marco de lo dispuesto en el literal b) del
numeral 16.1 y el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley
Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2023, corresponde se expida la Resolución
Ministerial que autorice la transferencia nanciera a favor
de la EMSAPUNO S.A.;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar
la transferencia nanciera del Pliego 037: Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad
Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento
Urbano, hasta por la suma de S/ 658 144,00
(SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO
CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) en la fuente
de nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de
la EMSAPUNO S.A., para los nes señalados en los
considerandos precedentes;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31638,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2023; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto
Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
y la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la
Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución
Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la
EMSAPUNO S.A.
Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037:
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
hasta por la suma de S/ 658 144,00 (SEISCIENTOS
CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA
Y CUATRO Y 00/100 SOLES), en la fuente de
nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la
Empresa Municipal de Saneamiento Básico de Puno
Sociedad Anónima - EMSAPUNO S.A., destinada al
nanciamiento de la adquisición de 3,200 medidores
que permitirá un adecuado control de racionamiento del
servicio de agua potable en el distrito de Desaguadero,
que viene atravesando un desabastecimiento del servicio
de agua como consecuencia de la grave crisis hídrica
por la ausencia de lluvias y la presencia de sequías
generalizadas.
Artículo 2.- Financiamiento
La Transferencia Financiera autorizada por la
presente Resolución Ministerial se realiza con cargo
al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2023
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 20/09/2023 01:43

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