Resolucion ministerial N° 398-2023-VIVIENDA. Crean el “Grupo de Trabajo para la transferencia, instalación e inicio de gestiones para la incorporación de la Procuraduría Pública sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a la Procuraduría General del Estado”

Fecha de publicación12 Septiembre 2023
SecciónSección Única
8NORMAS LEGALES Martes 12 de setiembre de 2023
El Peruano
/
la programación de la inspección In Situ, para el 28 de
agosto de 2023;
Que, conforme a lo indicado en el Acta Nº 044-2023-
MTC/17.03.01, de fecha 28 de agosto de 2023, se realizó
la inspección programada en el local ubicado en la Av.
Fermín Tangüis S/N, Urb. Hab. Industrial Alto de Molino,
Mz. B, lote 07, distrito y provincia de Pisco, departamento
de Ica;
Que, se verico que en el Sistema Nacional de
Registros de Transporte y Tránsito – SINARETT, a la
fecha de emisión del presente documento, la Empresa
no registra resolución de sanción, cancelación de la
autorización e inhabilitación denitiva para obtener nueva
autorización;
Que, del análisis de los documentos presentados, se
verica que la Empresa cumple con las condiciones para
acceder a una autorización como Centro de Inspección
Técnica Vehicular Fijo con una (01) Línea de Inspección
Técnica Vehicular Tipo Mixta;
Que, el numeral 39.2 del artículo 39 del Reglamento,
señala que la autorización como Centro de Inspección
Técnica Vehicular - CITV deberá ser publicada en el
Diario Ocial El Peruano;
Que, asimismo el artículo 41-A del Reglamento,
respecto de la vigencia de la autorización, señala lo
siguiente: “Las autorizaciones expedidas a las personas
naturales o jurídicas para operar como Centros de
Inspección Técnica Vehicular - CITV tienen una vigencia
de cinco (05) años, pudiendo ser renovables por el
mismo periodo, conforme a lo señalado en el artículo
42 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley
del Procedimiento Administrativo General, aprobado por
Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS”;
Que, de acuerdo al Informe Nº 0910-2023-
MTC/17.03.01 elaborado por la Coordinación de
Autorizaciones de Centros de Inspección Técnica
Vehicular y Entidades Complementarias de la Dirección de
Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones
en Transportes, se advierte que la documentación
presentada por la Empresa ha dado cumplimiento
a las disposiciones contenidas en los artículos 30 y
37 del Reglamento, por lo que procede emitir el acto
administrativo correspondiente;
De conformidad con la Ley Nº 27181 - Ley General
de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley Nº 29237 - Ley
que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas
Vehiculares, Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que
aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones
Técnicas Vehiculares, Texto Único Ordenado de la Ley
Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General
aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, Ley Nº
29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones y Resolución Ministerial
Nº 658-2021-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado
actualizado del Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y Texto
Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto
Supremo Nº 009-2022-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar para operar como Centro de
Inspección Técnica Vehicular Fijo con una (01) Línea de
Inspección Técnica Vehicular Tipo Mixta por el plazo de
cinco (05) años a la empresa REVISIONES TÉCNICAS
REVI MAX S.A., en el local ubicado en la Av. Fermín
Tangüis S/N, Urb. Hab. Industrial Alto de Molino, Mz. B,
lote 07, distrito y provincia de Pisco, departamento de
Ica.Artículo 2.- La empresa autorizada deberá sujetar su
actuación conforme a lo establecido en el Reglamento
Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado
por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y normas
complementarias.
Artículo 3.- La empresa autorizada, bajo
responsabilidad, debe presentar a la Dirección de
Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones
en Transportes, la renovación de la póliza de seguro de
responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de
los plazos que se señalan a continuación:
Acto Fecha máxima de
presentación
Primera renovación o contratación de
nueva póliza 23 de julio de 2024
Segunda renovación o contratación de
nueva póliza 23 de julio de 2025
Tercera renovación o contratación de
nueva póliza 23 de julio de 2026
Cuarta renovación o contratación de
nueva póliza 23 de julio de 2027
Quinta renovación o contratación de
nueva póliza 23 de julio de 2028
En caso que la empresa autorizada, no cumpla con
presentar la renovación o contratación de una nueva
póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se
procederá conforme a lo establecido en el literal c) del
artículo 45 del Reglamento Nacional de Inspecciones
Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo
Nº 025-2008-MTC, referida a la caducidad de la
autorización.
Artículo 4.- En virtud de lo establecido en el numeral
39.2 del artículo 39 del Reglamento Nacional de
Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto
Supremo Nº 025-2008-MTC, la presente Resolución
Directoral deberá ser publicada en el Diario Ocial El
Peruano.
Artículo 5.- Remitir a la Superintendencia de
Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías -
SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para
las acciones de control conforme a su competencia.
Artículo 6.- Disponer la noticación de la presente
Resolución Directoral en la dirección señalada por el
administrado ubicada en ºincia de Pisco, departamento
de Ica.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ
Director (e)
Dirección de Circulación Vial
Dirección General de Autorizaciones en Transportes
1 Numeral 4.1 del artículo 4 del Reglamento Nacional de Inspecciones
Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC
que dene a los Centros de Inspección Técnica Vehicular – CITV, como:
“Persona jurídica habilitada por la Dirección de Circulación Vial de la
Dirección General de Autorizaciones en Transportes del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones para realizar las Inspecciones Técnicas
Vehiculares”.
2213852-1
VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN
Y SANEAMIENTO
Crean el “Grupo de Trabajo para la
transferencia, instalación e inicio de
gestiones para la incorporación de
la Procuraduría Pública sectorial del
Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento a la Procuraduría General del
Estado”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 398-2023-VIVIENDA
Lima, 11 de setiembre de 2023
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 12/09/2023 00:45

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