Resolucion ministerial N° 359-2023-TR. Designan representante titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Nacional del Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI

Fecha de publicación19 Septiembre 2023
SecciónSección Única
23
NORMAS LEGALES
Martes 19 de setiembre de 2023
El Peruano
/
TRABAJO Y PROMOCIÓN
DEL EMPLEO
Designan representante titular del
Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo ante el Consejo Nacional del
Servicio Nacional de Adiestramiento en
Trabajo Industrial-SENATI
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 359-2023-TR
Lima, 18 de setiembre de 2023
VISTOS: el Memorándum N° 000674-2023-MTPE/4
de la Secretaría General y el Informe N° 000879-2023-
MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 4 de la Ley N° 26272, Ley del Servicio
Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial-SENATI,
prevé que el Consejo Nacional es el más alto órgano de
gobierno del SENATI;
Que, los artículos 6 y 7 de la precitada ley, establecen
que el Consejo Nacional del SENATI está conformado,
entre otros, por un representante designado por el
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial
N° 215-2023-TR, se designa al señor David Charles
Napurí Guzmán, como representante titular del Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo
Nacional del SENATI;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 337-
2023-TR, se acepta la renuncia formulada por el señor
David Charles Napurí Guzmán al cargo de Secretario
General del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo;
Que, conforme a lo expuesto, en atención a los
documentos de vistos y por convenir al servicio resulta
necesario dar por concluida la designación señalada en el
tercer considerando y designar a la representante titular
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el
Consejo Nacional del SENATI;
Con la visación de la Ocina General de Asesoría
Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 26272,
Ley del Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo
Industrial-SENATI; la Ley N° 27594, Ley que regula la
participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y
designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29381, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo; y la Resolución Ministerial N° 308-
2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la designación del
señor DAVID CHARLES NAPURI GUZMAN, como
representante titular del Ministerio de Trabajo y Promoción
del Empleo ante el Consejo Nacional del Servicio
Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial-SENATI,
dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Designar a la señora TERESA ANGELICA
VELASQUEZ BRACAMONTE, como representante titular
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el
Consejo Nacional del Servicio Nacional de Adiestramiento
en Trabajo Industrial-SENATI.
Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución
al Consejo Nacional del Servicio Nacional de
Adiestramiento en Trabajo Industrial-SENATI, para
conocimiento y nes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL MAURATE ROMERO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
2216449-1
Designan representante de los trabajadores
de la Industria de la Construcción ante el
Consejo Directivo Nacional del Servicio
Nacional de Capacitación para la Industria
de la Construcción-SENCICO
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 360-2023-TR
Lima, 18 de setiembre de 2023
VISTOS: la Carta Nº 437/FTCCP-2023 de la
Federación de Trabajadores en Construcción Civil del
Perú, y el Informe N° 000878-2023-MTPE/4/8 de la
Ocina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el literal e) del artículo 11 del Decreto Legislativo
N° 147, Ley del Servicio Nacional de Capacitación para
la Industria de la Construcción (SENCICO), modicado
por el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 727, Ley de
Fomento a la Inversión Privada en la Construcción,
concordante con el literal e) del artículo 15 del Estatuto
del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria
de la Construcción-SENCICO, aprobado por el Decreto
Supremo N° 032-2001-MTC, establece que el Consejo
Directivo Nacional de dicho organismo está integrado,
entre otros, por dos representantes de los trabajadores
de la Industria de la Construcción, designados por el
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, el artículo 17 del Estatuto del Servicio Nacional
de Capacitación para la Industria de la Construcción-
SENCICO, aprobado por el Decreto Supremo N° 032-
2001-MTC, señala lo siguiente: “El mandato de los
miembros del Consejo Directivo Nacional durará dos
años, salvo las designaciones que se realicen por
períodos. Los miembros del Consejo Directivo Nacional
pueden ser raticados en su cargo por un número
indeterminado de períodos. Las vacancias que se
produzcan serán cubiertas en la misma forma que
corresponde a su designación. Los miembros del Consejo
Directivo Nacional, continuarán en ejercicio de sus
funciones mientras no se produzcan los nombramientos
e incorporaciones correspondientes”;
Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial
N° 182-2019-TR, se designa al señor Wilder Armando
Ríos Gonzales como representante de los trabajadores
de la Industria de la construcción ante el Consejo Directivo
Nacional del Servicio Nacional de Capacitación para la
Industria de la Construcción-SENCICO;
Que, a través de la Carta N° 437/FTCCP-2023,
la Federación de Trabajadores en Construcción Civil
del Perú-FTCCP, comunica al Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo que en el 28 Congreso Nacional
Ordinario de la FTCCP se ha acordado que el señor Wilder
Armando Ríos Gonzales sea designado nuevamente
como su representante ante el Consejo Directivo Nacional
de SENCICO; solicitando la emisión de la resolución
ministerial de designación correspondiente;
Que, en atención a la solicitud efectuada por la
Federación de Trabajadores en Construcción Civil del
Perú y conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo
N° 147, Ley del Servicio Nacional de Capacitación
para la Industria de la Construcción (SENCICO) y el
Estatuto del Servicio Nacional de Capacitación para la
Industria de la Construcción, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 032-2001-MTC, corresponde dejar sin
efecto la designación realizada mediante el artículo 2
de la Resolución Ministerial N° 182-2019-TR y designar
al representante de los trabajadores de la Industria de
la Construcción ante el Consejo Directivo Nacional del
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 19/09/2023 01:16

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