Lima, 22 de noviembre de 2023
VISTOS; el Informe N° 00234-2023-MINAM/VMGA/DGGRS/DIGRSC de la Dirección de Instrumentos de Gestión de Residuos Sólidos y de la Dirección de Calidad Ambiental y Ecoeficiencia; el Memorando N° 01742-2023-MINAM/VMGA/DGGRS y el Memorando N° 01745-MINAM/VMGA/DGGRS de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; el Memorando N° 01705-2023-MINAM/VMGA y el Memorando N° 01714-2023-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° 00697-2023-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013, se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo rector del sector ambiental, que desarrolla, dirige, supervisa y ejecuta la política nacional del ambiente; asimismo, cumple la función de promover la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas;
Que, el literal d) del numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, establece que el Ministerio del Ambiente tiene el objetivo específico de contribuir a la competitividad del país a través de un desempeño ambiental eficiente;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 345-2018-EF, se aprueba la Política Nacional de...