Resolucion Ministerial N° 347-2022-TR. Disponen pre publicación de proyecto de decreto supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31572, Ley del Teletrabajo, y su exposición de motivos

Fecha de publicación22 Diciembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 21 de diciembre de 2022

VISTOS: el Informe N° 590-2022-MTPE/2/14.1, el Informe N° 625-2022-MTPE/2/14.1 y la Hoja de Elevación N° 638-2022-MTPE/2/14.1 de la Dirección de Normativa de Trabajo de la Dirección General de Trabajo; el Proveído N° 3653-2022-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo; el Memorando N° 1470-2022-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo; y el Informe N° 1049-2022-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 23 de la Constitución Política del Perú establece que el trabajo, en sus diversas modalidades, es objeto de atención prioritaria del Estado, el cual protege especialmente a la madre, al menor de edad y al impedido que trabajan;

Que, la Ley N° 31572, Ley del Teletrabajo, regula el teletrabajo como una modalidad especial de prestación de labores, de condición regular o habitual, la cual se caracteriza por el desempeño subordinado de aquellas sin presencia física del/de la trabajador/a o servidor/a civil en el centro de trabajo, con la que mantiene vínculo laboral; y que se realiza a través de la utilización de las plataformas y tecnologías digitales;

Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la referida ley dispone que el Poder Ejecutivo aprueba las disposiciones reglamentarias pertinentes mediante decreto supremo, en coordinación con la Autoridad Nacional del Servicio Civil y con la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital;

Que, asimismo, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la norma en cuestión, dispone que el Poder Ejecutivo adecúa el reglamento de la Ley N° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

Que, el literal c) del artículo 61 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, establece que la Dirección General de Trabajo tiene como una de sus funciones la de formular las normas nacionales y sectoriales, en materia sociolaboral, de relaciones colectivas e individuales de trabajo, en coordinación con entidades y órganos competentes;

Que, mediante el Informe N° 590 -2022-M TPE/2/14.1 y la Hoja de Elevación N°638-2022-MTPE/2/14.1 de la Dirección de Normativa de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, respectivamente, se solicita la prepublicación del citado proyecto de decreto supremo y su exposición de motivos,...

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