Resolucion ministerial N° 302-2023-PCM. Crean el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “Mesa Técnica para el fortalecimiento del Fondo de Compensación Municipal – FONCOMUN”

Fecha de publicación16 Diciembre 2023
SecciónSección Única
Crean el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “Mesa Técnica para el fortalecimiento del Fondo de Compensación Municipal-FONCOMUN”

Lima, 15 de diciembre de 2023


CONSIDERANDO:


Que, el numeral 5 del artículo 196 de la Constitución Política del Perú, establece que son bienes y rentas de las municipalidades, los recursos asignados del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN), que tiene carácter redistributivo, conforme a ley;


Que, según lo dispuesto en el artículo 86 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF (en adelante, Texto Único Ordenado), el FONCOMUN se constituye con los siguientes recursos: a) el rendimiento del Impuesto de Promoción Municipal; b) el rendimiento del Impuesto al Rodaje; y, c) el Impuesto a las Embarcaciones de Recreo;


Que, el artículo 87 del Texto Único Ordenado señala que el FONCOMUN se distribuye entre todas las municipalidades distritales y provinciales del país con criterios de equidad y compensación, con la finalidad de asegurar el funcionamiento de todas las municipalidades. Asimismo, dispone que la distribución se realiza considerando los criterios que se determine por Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, con opinión técnica de la Presidencia del Consejo de Ministros; los cuales son empleados para la construcción de los Índices de Distribución entre las Municipalidades;


Que, asimismo, el artículo 88 del Texto Único Ordenado establece que los Índices de Distribución del FONCOMUN son determinados anualmente por el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución Ministerial; precisando que los recursos mensuales que perciban las municipalidades por concepto del FONCOMUN, no pueden ser inferiores al monto equivalente a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha de aprobación de la Ley de Presupuesto del Sector Público de cada año;


Que, el artículo 17 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo; coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil;


Que, el artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM, establece que el Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial es el...

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