Resolucion ministerial Nº 289-2023-MINAM. Aprueban los “Términos de Referencia para la formulación del Programa de Reconversión y Manejo de las Áreas Degradadas por Residuos Sólidos de la Construcción y Demolición” y los “Términos de Referencia para la formulación del Plan de Recuperación de las Áreas Degradadas por Residuos Sólidos de la Construcción y Demolición”

Fecha de publicación19 Septiembre 2023
SecciónSección Única
13
NORMAS LEGALES
Martes 19 de setiembre de 2023
El Peruano
/
DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO
PUNO
509 ACORA
510 ATUNCOLLA
511 CAPACHICA
512 CHUCUITO
513 COATA
514 HUATA
515 MAÑAZO
516 PAUCARCOLLA
517 PICHACANI
518 PLATERIA
519 PUNO
520 SAN ANTONIO
PUNO 521 TIQUILLACA
522 VILQUE
SAN ANTONIO DE
PUTINA
523 ANANEA
524 PEDRO VILCA APAZA
525 PUTINA
526 QUILCAPUNCU
SAN ROMAN 527 CABANA
528 CARACOTO
SANDIA 529 CUYOCUYO
YUNGUYO
530 COPANI
531 CUTURAPI
532 OLLARAYA
533 TINICACHI
534 UNICACHI
535 YUNGUYO
TACNA
CANDARAVE
536 CAIRANI
537 CAMILACA
538 CANDARAVE
539 HUANUARA
540 QUILAHUANI
TACNA 541 PALCA
TARATA
542 SUSAPAYA
543 TARATA
544 TICACO
2216451-2
AMBIENTE
Aprueban los “Términos de Referencia
para la formulación del Programa de
Reconversión y Manejo de las Áreas
Degradadas por Residuos Sólidos de la
Construcción y Demolición” y los “Términos
de Referencia para la formulación del Plan
de Recuperación de las Áreas Degradadas
por Residuos Sólidos de la Construcción y
Demolición”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 289-2023-MINAM
Lima, 15 de setiembre de 2023
VISTOS; el Informe Nº 00155-2023-MINAM/VMGA/
DGGRS/DIGRSC de la Dirección de Instrumentos
de Gestión de Residuos Sólidos y Circularidad; el
Memorando Nº 01286-2023-MINAM/VMGA/DGGRS de
la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; el
Memorando Nº 00856-2023-MINAM/VMGA/DGPIGA de la
Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión
Ambiental; el Memorando Nº 01321-2023-MINAM/VMGA
del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe Nº
00549-2023-MINAM/SG/OGAJ de la Ocina General de
Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución
Política del Perú establece que toda persona tiene
derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado
al desarrollo de su vida;
Que, de conformidad con el artículo 4 del Decreto
Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba
la Ley de Creación, Organización y Funciones del
Ministerio del Ambiente, este Ministerio es el organismo
del Poder Ejecutivo rector del sector ambiental, que
desarrolla, dirige, supervisa y ejecuta la política nacional
del ambiente, comprendiendo las acciones técnico-
normativas de alcance nacional en materia de regulación
ambiental;
Que, según el literal g) del artículo 15 del Decreto
Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba
la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, el
Ministerio del Ambiente, en su calidad de ente rector a
nivel nacional para la gestión y manejo de residuos
sólidos, es competente para normar sobre el manejo de
residuos sólidos, incluyendo los correspondientes a la
infraestructura de manejo de residuos sólidos, actividades
de reutilización, recuperación, valorización material y
energética, entre otros aspectos;
Que, de acuerdo con el artículo 118-A del
Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto
Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de
Residuos Sólidos, aprobado por Decreto Supremo Nº
014-2017-MINAM y modicado por el Decreto Supremo
Nº 001-2022-MINAM, las áreas degradadas por residuos
sólidos de las actividades de la construcción y demolición
son los lugares donde se realiza o se ha realizado la
acumulación permanente de residuos sólidos de la
construcción y demolición, sin contar con instrumento
de gestión ambiental, autorización, permisos u otros
requerimientos, conforme a la normativa ambiental
vigente;
Que, el artículo 119 del Reglamento del Decreto
Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la
Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, establece
que toda área degradada por residuos debe contar con el
Programa de Reconversión y Manejo de Áreas Degradadas
por Residuos Sólidos o el Plan de Recuperación de
Áreas Degradadas por Residuos Sólidos, aprobado por
la Autoridad Competente, de acuerdo con las Guías y
Términos de Referencia aprobados por el Ministerio del
Ambiente.
Que, según lo dispuesto en la Décima Quinta
Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo
Nº 001-2022-MINAM, el Ministerio del Ambiente con
opinión favorable del Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento, elabora los Términos de Referencia para
la formulación del Plan de Recuperación de las áreas
degradadas por residuos sólidos de la construcción y
demolición y el Programa de Reconversión y Manejo de
áreas degradadas por residuos sólidos de la construcción
y demolición;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº
227-2023-MINAM, el Ministerio del Ambiente dispuso la
publicación de los proyectos de “Términos de Referencia
para la formulación del Programa de Reconversión y
Manejo de las Áreas Degradadas de Residuos Sólidos de
la Construcción y Demolición” y “Términos de Referencia
para la formulación del Plan de Recuperación de las Áreas
Degradadas por Residuos Sólidos de la Construcción y
Demolición”, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la
Información Pública Ambiental y Participación y Consulta
Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, y el artículo 14
del Reglamento que establece disposiciones relativas
a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos
y difusión de Normas Legales de Carácter General,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS,
en virtud de la cual se recibieron aportes y comentarios a
los mismos;
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 19/09/2023 01:15

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